DECRETO 1583 DE 2017
(septiembre 28)
D.O. 50.370, septiembre 28 de 2017
por el cual se delega una función en el Ministro de Justicia y del Derecho.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren los artículos 211 Constitución Política y el artículo 9° de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que “[l]a función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”.
Que el artículo 211 de la Constitución Política prescribe que “[l]a ley señalará las funciones que el Presidente de la República podrá delegar en los Ministros, Directores de Departamentos Administrativos, representantes legales de entidades descentralizadas, superintendentes, gobernadores, alcaldes y agencias del Estado que la misma ley determine. Igualmente, fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades”.
Que el artículo 9° de la Ley 489 de 1998 dispone que “[l]as autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias”.
Que al Presidente de la República, además de las funciones constitucionales, le ha sido asignada la función de nombramiento del Director de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec), conforme al Decreto ley 4150 de 2011.
Que el artículo 93 de la Ley 1437 de 2011, establece que “[l]os actos administrativos deberán ser revocados por las mismas autoridades que los hayan expedido o por sus inmediatos superiores jerárquicos o funcionales, de oficio o a solicitud de parte (…)”.
Que, en aplicación de los artículos 209 y 211 de la Constitución Política, resulta necesario delegar en el Ministro de Justicia y del Derecho la función relacionada con el trámite y decisión de las solicitudes de revocatoria directa formuladas contra los actos administrativos por los cuales se hace el nombramiento del Director General de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec).
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Delegación en el Ministro de Justicia y del Derecho. Delégase en el Ministro de Justicia y del Derecho la función de tramitar y decidir las solicitudes de revocatoria directa interpuestas contra los actos administrativos por los cuales se nombra al Director General de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec).
Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.C., a 28 de septiembre de 2017.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Enrique Gil Botero.