DECRETO 1488 DE 2017

Decretos 2017

DECRETO 1488 DE 2017     

(septiembre 5)    

D.O. 50.347, septiembre  5 de 2017    

por el cual se  hace una designación en comisión para situaciones especiales a la planta  externa del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de  las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  el literal b) del artículo 37, artículo 40, literal a) del artículo 53 y el  artículo 62 del Decreto ley 274 de  2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que la doctora Gloria Cecilia Rodríguez  Varón, funcionaria inscrita en el escalafón de la Carrera Diplomática y  Consular, en la categoría de Embajador, se encuentra cumpliendo el lapso de  alternación en la planta interna desde el 8 de agosto de 2014.    

Que mediante Acta número 801 del 28 de julio  de 2017, la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular en  ejercicio de la función que le asigna el literal c) del artículo 73 del Decreto ley 274 de  2000, por necesidades del servicio, recomendó la alternación anticipada a  la planta externa de la Embajadora Gloria Cecilia Rodríguez Varón.    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Comisiónase  a la planta externa a la doctora Gloria Cecilia Rodríguez Varón, identificada  con cédula de ciudadanía número 35327201, al cargo de Ministro  Plenipotenciario, Código 0074, Grado 22, de la planta global del Ministerio de  Relaciones Exteriores, adscrito al Consulado de Colombia en Guayaquil,  República de Ecuador.    

Parágrafo. La doctora Gloria Cecilia  Rodríguez Varón, es funcionaria Inscrita en el escalafón de la Carrera  Diplomática y Consular, en la categoría de Embajador.    

Artículo 2°. La doctora Gloria Cecilia  Rodríguez Varón, ejercerá las funciones de Cónsul, en el Consulado de Colombia  en Guayaquil, República de Ecuador y se desempeñará como Jefe de la Oficina  Consular mencionada.    

Artículo 3°. Las erogaciones que ocasione el  cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del  Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.    

Artículo 4°. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 5 de septiembre de  2017.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

La Ministra de Relaciones Exteriores,    

María Ángela Holguín Cuéllar.    

               

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