DECRETO 1312 DE 2017
(agosto 4)
D.O. 50.315, agosto 4 de 2017
por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2017 y se efectúa la correspondiente liquidación.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 33 y 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República de conformidad con el artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 1815 de 2016, por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2017, el cual se liquidó mediante el Decreto 2170 de 2016.
Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación.
Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de asistencia y cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del Presupuesto de Rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporan al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor. Su ejecución se realizará de conformidad con lo estipulado en los convenios o acuerdos internacionales que los originen y estarán sometidos a la vigilancia de la Contraloría General de la República.
Que el Gobierno de la República de Colombia y la Unión Europea firmaron el Convenio de financiación número 311953 de 2012, denominado “Latin America, Caribbean and European Union Network on Research and Innovation (ALCUE NET)” con el objeto de apoyar la política de investigación e innovación en el marco del proyecto ALCUE-NET, entre la Unión Europea, América Latina y el Caribe, Mediante una Plataforma birregional para que los involucrados tengan acceso, por valor de €121.364,75.
Que la Coordinadora del Grupo Interno de Apoyo Financiero y Presupuestal del Departamento Administrativo de la Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias), certificó a los 9 días del mes de mayo de 2017, que la entidad recibió el día 19 de diciembre de 2016 la suma de €14.450,46, por concepto de donación de proyecto con la Unión Europea que coordina el Ministerio de Ciencia, Tecnología de Argentina – ALCUENET de Argentina, los cuales se encuentran en el portafolio de Bancolombia a nombre de la entidad, disponibles para incorporar.
Que el Departamento Nacional de Planeación, mediante Oficio 20174340001396 del 9 de mayo de 2017, suscrito por el Director de Inversiones y Finanzas Públicas, emitió concepto favorable sobre la adición de $49.131.564 al presupuesto de Gastos de Inversión del Departamento Administrativo de la Ciencia, Tecnología e Innovación- Gestión General.
Que el Departamento Administrativo de la Ciencia, Tecnología e Innovación- Colciencias, con oficio número 20171500071241 del 30 de junio de 2017, solicitó la incorporación de los recursos donados por la Unión Europea, por valor de $45.734.855.
Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación.
Que el citado artículo prevé que el decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto.
DECRETA
Artículo 1°. Adición al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2017, en la suma de cuarenta y cinco millones setecientos treinta y cuatro mil ochocientos cincuenta y cinco pesos m/cte ($45.734.855), según el siguiente detalle:
RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN
I.
INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL
45.734.855
2.
RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACIÓN
45.734.855
Artículo 2°. Adición al Presupuesto de Gastos o ley de Apropiaciones. Adiciónase el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2017, en la suma de cuarenta y cinco millones setecientos treinta y cuatro mil ochocientos cincuenta y cinco pesos m/cte ($45.734.855), según el siguiente detalle:
Artículo 3°. Liquidación de la Adición del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2017, en la suma de cuarenta y cinco millones setecientos treinta y cuatro mil ochocientos cincuenta y cinco pesos m/cte ($45.734.855), según el siguiente detalle:
Artículo 4°. Liquidación de la adición del presupuesto de gastos o ley de apropiaciones. Adiciónase el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2017, en la suma de cuarenta y cinco millones setecientos treinta y cuatro mil ochocientos cincuenta y cinco pesos ($45.734.855) moneda corriente, según el siguiente detalle:
Artículo 5°. El presente decreto se acompaña de un anexo que contiene el detalle del gasto.
Artículo 6°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 4 de agosto de 2017.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
EL Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cardenas Santamaría.