DECRETO 1260 DE 2017
(julio 25)
D.O. 50.305, julio 25 de 2017
por el cual se designan unos Directores ad-hoc de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
Nota: Corregido por el Decreto 1316 de 2017.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 189 numeral 13 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el señor Luis Guillermo Vélez Cabrera, en calidad de Director General de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, mediante escrito allegado al Ministerio de Justicia y del Derecho el día 12 de junio de 2017, manifestó estar incurso en posibles impedimentos por la configuración de las causales establecidas en los numerales 1 y 2 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011, (i) por tener interés particular y directo en la participación de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado dentro de los procesos o instancias en las que se disputan asuntos concernientes al régimen de pensiones de ex congresistas de la República, en tanto que, su señora madre es beneficiada, en calidad de cónyuge sobreviviente, de la pensión del Senador Luis Guillermo Vélez Trujillo, fallecido en 2007, y (ii) para intervenir y realizar recomendaciones en defensa de los intereses litigiosos de la Nación, dentro de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho adelantada por Asocaña (Asociación de Cultivadores de Caña de Azúcar en Colombia), respecto al proceso administrativo sancionatorio adelantado por la Superintendencia de Industria y Comercio, por violación a las reglas de competencia contra el gremio y su director, en tanto que conoció del asunto en oportunidad anterior, en calidad de asesor de dicha Asociación;
Que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, según el numeral 3 del artículo 6° del Decreto ley 4085 de 2011, tiene entre otras, la función de asumir, en calidad de demandante, interviniente, apoderado o agente y en cualquier otra condición que prevea la ley, la defensa jurídica de las entidades y organismos de la Administración Pública, así como actuar en calidad de interviniente en los procesos judiciales de cualquier tipo en los cuales estén involucrados los intereses de la Nación, de acuerdo con la relevancia del asunto;
Que según el numeral 3 del artículo 11 del Decreto ley 4085 de 2011, la función de dirigir y vigilar las actividades conducentes al cumplimiento de los objetivos de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, está en cabeza de su Director General;
Que conforme a la manifestación de impedimento presentada por el Director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, doctor Luis Guillermo Vélez Cabrera, y con fundamento en la competencia atribuida en los artículos 61 literal h) de la Ley 489 de 1998, 12 inciso 2 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), el Ministro de Justicia y del Derecho expidió la Resolución número 0498 de 11 de julio de 2017, mediante la cual aceptó algunos de los impedimentos manifestados;
Que por lo anterior se hace necesario designar un Director ad-hoc de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para dirigir, participar, determinar o vigilar las actividades conducentes al cumplimiento de los objetivos de la Agencia respecto a los siguientes asuntos:
1. La defensa jurídica del Estado colombiano, frente a las Peticiones números P-2016-13, P-2098-13, P2106-13 y P-2175-13 que se tramitan ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
2. Como invitado permanente en la Comisión Intersectorial del Régimen de Prima Media con Prestación Definida del Sistema General de Pensiones”, en los asuntos relacionados con el “Ingreso Base de Cotización de los Congresistas al Sistema General de Pensiones”.
3. La defensa jurídica de los intereses de la Nación – Superintendencia Industria y Comercio-, en lo concerniente a la acción de nulidad y restablecimiento del derecho adelantada por la Asociación de Cultivadores de Caña de Azúcar de Colombia (Asocaña), radicada con el número 11100103240002016004070 ante el Honorable Consejo de Estado;
Que para la designación de los Asuntos 1 y 2 expuestos anteriormente, se considera el nombre la doctora Juanita López Patrón, identificada con la cédula de ciudadanía número 52814683, Director Técnico de Agencia (Directora de Defensa Jurídica), nombrada mediante Resolución número 047 del 3 de marzo de 2015, quien según certificación de fecha 14 de julio de 2017, suscrita por Andrea Carolina Carrasco Ramírez, Coordinadora del Grupo de Gestión de Talento Humano de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, “cumple los requisitos requeridos para el cargo de Director General de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, de conformidad con el Decreto número 1083 del 26 de mayo de 2015 y el Manual de Funciones y Competencias Laborales de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, previsto en la Resolución número 090 del 21 de marzo de 2017, modificada por la Resolución número 183 del 31 de mayo de 2017;
Que para la designación del Asunto 3 expuesto anteriormente, se considera el nombre de la doctora Fridcy Alexandra Faura Pérez, identificada con la cédula de ciudadanía número 46673983, Jefe de Oficina de Agencia (Oficina Asesora Jurídica), nombrada mediante Resolución número 111 del 11 de abril de 2017, quien según certificación de fecha 14 de julio de 2017, suscrita por Andrea Carolina Carrasco Ramírez, Coordinadora del Grupo de Gestión de Talento Humano de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, “cumple los requisitos requeridos para el cargo de Director General de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, de conformidad con el Decreto número 1083 del 26 de mayo de 2015 y el Manual de Funciones y Competencias Laborales de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, previsto en la Resolución número 090 del 21 de marzo de 2017;
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Corregido por el Decreto 1316 de 2017, artículo 1º. Desígnese como Director ad hoc de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, a la doctora Fridcy Alexandra Faura Pérez, identificada con la cédula de ciudadanía número 46673983, quien se desempeña en el cargo de Jefe de Oficina de Agencia (Oficina Asesora Jurídica), Código G1, Grado 07, para dirigir, participar, determinar o vigilar las actividades conducentes al cumplimiento de los objetivos de la Agencia respecto a los siguientes asuntos:
1. La defensa jurídica del Estado colombiano, frente a las Peticiones Nos. P- 2016- 13, P-2098-13, P2106-13 y P-2175-13 que se tramitan ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
2. Como invitado permanente en la Comisión Intersectorial del Régimen de Prima Media con Prestación definida del Sistema General de Pensiones, en los asuntos relacionados con el “Ingreso Base de Cotización de los Congresistas al Sistema General de Pensiones”.
Texto inicial del artículo 1º: “Desígnese como Director Ad-hoc de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, a la doctora Juanita López Patrón, identificada con la cédula de ciudadanía número 52814683, quien se desempeña en el cargo de Director Técnico de Agencia (Directora de Defensa Jurídica), Código E4, Grado 04, para dirigir, participar, determinar o vigilar las actividades conducentes al cumplimiento de los objetivos de la Agencia respecto a los siguientes asuntos:
1. La defensa jurídica del Estado colombiano, frente a las Peticiones números P-2016- 13, P-2098-13, P2106-13 y P-2175-13 que se tramitan ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
2. Como invitado permanente en la Comisión Intersectorial del Régimen de Prima Media con Prestación Definida del Sistema General de Pensiones”, en los asuntos relacionados con el “Ingreso Base de Cotización de los Congresistas al Sistema General de Pensiones”.
Artículo 2°. Corregido por el Decreto 1316 de 2017, artículo 2º. Desígnese como Director ad hoc de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, a la doctora Juanita López Patrón, identificada con la cédula de ciudadanía número 52814683, quien se desempeña en el cargo de Director Técnico de Agencia (Directora de Defensa Jurídica), Código E4, Grado 04, para dirigir, participar, determinar o vigilar las actividades conducentes al cumplimiento de los objetivos de la Agencia respecto al siguiente asunto:
1. La defensa jurídica de los intereses de la Nación – Superintendencia, Industria y Comercio, en lo concerniente a la acción de nulidad y restablecimiento del derecho adelantada por la Asociación de Cultivadores de Caña de Azúcar de Colombia (Asocaña), radicada con el número 11100103240002016004070 ante el Honorable Consejo de Estado.
Texto inicial del artículo 2º: “Desígnese como Director Ad-hoc de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, la doctora Fridcy Alexandra Faura Pérez, identificada con la cédula de ciudadanía número 46673983, quien se desempeña en el cargo de Jefe de Oficina de Agencia (Oficina Asesora Jurídica), Código G1, Grado 07, para dirigir, participar, determinar o vigilar las actividades conducentes al cumplimiento de los objetivos de la Agencia respecto al siguiente asunto:
1. La defensa jurídica de los intereses de la Nación – Superintendencia de Industria y Comercio–, en lo concerniente a la acción de nulidad y restablecimientos del derecho adelantado por la Asociación de Cultivadores de Caña de Azúcar de Colombia (Asocaña), radicada con el número 11100103240002016004070 ante el Honorable Consejo de Estado.”.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 25 de julio de 2017.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Enrique Gil Botero.