DECRETO 1241 DE 2017

Decretos 2017

DECRETO  1241 DE 2017     

(julio 19)    

D.O. 50.299, julio 19 de 2017    

por el  cual se crean unos empleos temporales en la planta de personal de la  Superintendencia de Industria y Comercio.    

Nota 1: Derogado por el Decreto 1021 de 2020,  artículo 5º.    

Nota  2: Modificado por el Decreto 2464 de 2018.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades  constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 115 de  la Ley 489 de 1998 y de  conformidad con el artículo 21 de la Ley 909 de 2004, y los  artículos 2.2.1.1.1 al 2.2.1.1.4 del Decreto número  1083 de 2015.    

CONSIDERANDO:    

Que el  artículo 21 de la Ley 909 de 2004  dispone que los organismos y entidades podrán contemplar excepcionalmente en  sus plantas de personal, empleos de carácter temporal o transitorio, con el fin  de suplir necesidades de personal por sobrecarga de trabajo y para desarrollar  programas o proyectos de duración determinada.    

Que la  Superintendencia de Industria y Comercio requiere la creación de diecinueve  (19) empleos temporales del nivel profesional, asignados a la Delegatura para  Asuntos Jurisdiccionales, para fortalecer el equipo humano encargado de cumplir  las funciones jurisdiccionales atribuidas a esta Superintendencia y lograr la  descongestión en los procesos judiciales y en cumplimiento de las disposiciones  establecidas en la Ley 1564 de 2012  Código General del Proceso.    

Que en el  Sistema Unificado de Inversiones y Finanzas Públicas del Departamento Nacional  de Planeación se encuentra inscrito el proyecto con el número C-3503-0200-7,  denominado “Difusión e incremento de  los niveles de eficiencia en la atención de trámites y servicios en materia  jurisdiccional a nivel nacional”, registrado en el presupuesto de  inversión de la Superintendencia de Industria y Comercio para la vigencia  fiscal del año 2017.    

Que la  fuente de financiamiento de los empleos de carácter temporal a que se refiere  el presente decreto, se paga con cargo al presupuesto del citado proyecto de  inversión de la Superintendencia de Industria y Comercio, para lo cual el  Departamento Nacional de Planeación (DNP), y la Dirección General del  Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,  expidieron concepto favorable y la viabilidad presupuestal, respectivamente.    

Que la Superintendencia de Industria y Comercio presentó al  Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) el estudio técnico de  que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004,  modificado por el artículo 228 del Decreto ley  número 19 de 2012 y los artículos 2.2.12.1 al 2.2.12.3 del Decreto  Único número 1083 de 2015, para la creación de la planta de empleos  temporales, el cual obtuvo concepto favorable de ese Departamento  Administrativo,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Créanse en la Planta de personal de la Superintendencia de Industria y  Comercio los siguientes empleos temporales, hasta el 31 de diciembre de 2018,  así:    

NÚMERO DE CARGOS                    

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO                    

CÓDIGO                    

GRADO   

19 (Diecinueve)                    

Profesional Universitario                    

2044                    

01    

Artículo  2°. El Superintendente de Industria y Comercio dispondrá la distribución de los  cargos temporales mediante acto administrativo y ubicará el personal en la  Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales.    

Artículo  3°. Los empleos de carácter temporal creados en el presente decreto, deberán  dirigirse al cumplimiento de las funciones que dieron lugar a la creación de  los mismos, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004 y el Decreto  Único número 1083 de 2015, y demás disposiciones que las modifiquen,  adicionen o sustituyan.    

Artículo  4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 19 de julio de 2017.    

JUAN  MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Mauricio Cárdenas Santamaría.    

La  Ministra de Comercio, Industria y Turismo,    

María Claudia Lacouture Pinedo.    

La  Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Liliana Caballero Durán.    

               

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