DECRETO 1183 DE 2017
(julio 11)
D.O. 50.291, julio 11 de 2017
por el cual se delegan unas funciones constitucionales.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República se trasladará los días 13 y 14 de julio de 2017, a la ciudad de Sun Valley – Idaho – Estados Unidos de América, con el fin de participar en el evento Sun Valley Conference.
Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en la ley, el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural está habilitado para ejercer las funciones constitucionales y legales como Ministro Delegatario.
DECRETA:
Artículo 1°. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deléganse en el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, doctor Aurelio Iragorri Valencia las funciones legales y las correspondientes a las siguientes atribuciones constitucionales:
1. Artículo 129.
2. Artículo 138, incisos 3° y 4°.
3. Artículo 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1 y 2.
4. Artículo 150 numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.
5. Artículos 163, 165 y 166.
6. Artículos 200 y 201.
7. Artículos 213, 214 y 215.
8. Artículos 303, 304, 314 y 323.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el decreto 1052 del 16 de junio de 2017.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 11 de julio de 2017.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN