DECRETO 1153 DE 2017
(julio 7)
D.O. 50.287, julio 7 de 2017
por el cual se revoca el Decreto número 817 de 16 de mayo de 2017 y se hace un traslado a la planta externa del Ministerio de Relaciones Exteriores.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el artículo 97 de la Ley 1437 de 2011 y parágrafo segundo del artículo 39 del Decreto ley 274 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 817 del 16 de mayo de 2017 se trasladó a la planta externa al doctor Sergio Suárez Roa, identificado con cédula de ciudadanía número 79366475, al cargo de Ministro Plenipotenciario, Código 0074, Grado 22, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República de Sudáfrica.
Que por necesidades del servicio, se hace necesario trasladar al doctor Sergio Suárez Roa, a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República Oriental del Uruguay.
Que por lo anterior es necesario proceder con la revocatoria del Decreto 817 del 16 de mayo de 2017, razón por la que mediante comunicación del 13 de junio de 2017, el doctor Sergio Suárez Roa autorizó revocar el decreto en cita.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Revocar el Decreto número 817 de 16 de mayo de 2017, por medio del cual se trasladó a la planta externa al doctor Sergio Suárez Roa, identificado con cédula de ciudadanía número 79366475, al cargo de Ministro Plenipotenciario, Código 0074, Grado 22, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República de Sudáfrica, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo.
Artículo 2°. Trasládase a la planta externa al doctor Sergio Suárez Roa, identificado con cédula de ciudadanía número 79366475, al cargo de Ministro Plenipotenciario, Código 0074, Grado 22, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República Oriental del Uruguay.
Parágrafo 1°. El doctor Sergio Suárez Roa, es funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, en la categoría de Ministro Plenipotenciario.
Artículo 3°. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 7 de julio de 2017.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
La Ministra de Relaciones Exteriores,
María Ángela Holguín Cuéllar.