DECRETO 1110 DE 2017

Decretos 2017

DECRETO 1110 DE 2017     

(junio 29)    

D.O. 50.279, junio 29 de 2017    

por el cual se  designa Alcaldesa ad hoc para el municipio de Cogua, Cundinamarca.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en  particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa, en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante escrito presentado el 24 de  mayo de 2016, el doctor Hernán Sánchez Castro, apoderado de la Compañía Lechera  El Mortiño Limitada, COMLEMO Ltda., formuló solicitud de recusación contra el  Alcalde del municipio de Cogua, doctor Willian Darío Forero Forero, para  conocer del recurso de apelación contra la Resolución número 2896 de 10 de  febrero de 2016, referente a devolución de impuesto de industria y comercio.    

Que mediante Resolución número 467 de 5 de  agosto de 2016, el Alcalde del municipio de Cogua, doctor William Darío Forero  Forero, se declaró impedido para conocer del recurso de apelación presentado  contra la Resolución número 2896 de 10 de febrero de 2016, invocando la causal  prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.    

Que mediante auto de 13 de octubre de 2016,  con número de Radicación IUS-2016- 309279, la Procuradora Regional de  Cundinamarca dio trámite favorable a la recusación invocada por el doctor  Hernán Sánchez Castro, al encontrar configurada la causal invocada y solicitó  la designación de un funcionario ad hoc.    

Que en virtud del concepto emitido por el  Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23  de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “(…) Será de competencia del presidente de la república decidir si  designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un  funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que,  en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa  para la cual se nombra con carácter transitorio (…)”, el gobernador del  departamento de Cundinamarca mediante comunicación radicada en el Ministerio  del Interior bajo el EXTMI17-17589, remitió la hoja de vida de la señora  Natalia Andrea González Castellanos, funcionaria vinculada a la gobernación de  Cundinamarca, para ser designada como Alcalde ad hoc del municipio de Cogua.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°.    

Que con el fin de dar cumplimiento a los  principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar  alcalde ad hoc para el municipio de Cogua, Cundinamarca.    

Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los  casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor  en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del  sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de  Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, a través  del Radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación. Designar como Alcaldesa ad hoc del municipio de  Cogua, departamento de Cundinamarca, a la doctora Natalia Andrea González  Castellanos, identificada con la cédula de ciudadanía número 1018438381, quien  se desempeña en el cargo de Asesor, Grado 01, Código 105, despacho del  Gobernador, dentro de la planta global de la Gobernación de Cundinamarca, para  que conozca del recurso de apelación interpuesto por el doctor Hernán Sánchez  Castro, contra la Resolución número 2896 de 10 de febrero de 2016.    

Artículo 2°. Posesión. La Alcaldesa ad hoc designada en este acto deberá  tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del  artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación. Comunicar el contenido del presente decreto a la  alcaldesa ad hoc, al Alcalde titular del municipio de Cogua y a la Procuraduría  Regional de Cundinamarca.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de junio de  2017.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro del Interior,    

Guillermo Rivera  Flórez.    

               

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