DECRETO 1099 DE 2017

Decretos 2017

DECRETO 1099 DE 2017     

(junio 27)    

D.O. 50.277, junio 27 de 2017    

por el cual se  declara Insubsistente el nombramiento de un Notario designado en propiedad en  el Círculo Notarial de Buenaventura, Valle del Cauca.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que  le confiere el artículo 131 de la Constitución Política,  los artículos 138 numeral 1 del Decreto ley 960 de  1970, 5° del Decreto número  2163 de 1970 y el artículo 2.2.6.1.5.2.1 del Decreto  número 1069 de 26 de mayo de 2015,    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Acuerdo número 001 de 9 de  abril de 2015, modificado por los Acuerdos números 003 de 28 de abril de 2015,  005 de 15 de septiembre de 2015, 025 de 27 de junio de 2016, 028 de 21 de julio  de 2016 y 029 de 22 de agosto de 2016, todos expedidos por el Consejo Superior  de la Carrera Notarial, se “…  convoca, se fijan las bases y el cronograma del concurso de méritos público y  abierto para el nombramiento de notarios en propiedad e ingreso a la Carrera  Notarial”;    

Que el 29 de junio de 2016, una vez agotadas  todas las etapas del Concurso, el Consejo Superior de la Carrera Notarial  profirió el Acuerdo núm-ero 026, “por  el cual se aprueba la lista definitiva de elegibles en el Concurso de Méritos  Público y Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la  Carrera Notarial, y se ordena su publicación”, la cual se llevó a cabo  el día 3 de julio de 2016 en el diario de amplia circulación nacional “El Nuevo Siglo”;    

Que el Consejo Superior de la Carrera  Notarial, mediante Acuerdo número 027 del 29 de junio de 2016, estableció el  procedimiento para el agotamiento de la lista de elegibles y selección de  Notarías vacantes, para el Nombramiento de Notarios en Propiedad y para el  Ingreso a la Carrera Notarial, disponiendo en su artículo 1° que “El Consejo Superior de la Carrera Notarial  o quien debidamente lo represente, informará a cada uno de los aspirantes en  estricto orden descendente de puntaje, para cada notaría y por categoría  inscrita, sobre las vacantes a la fecha de la comunicación. De esta manera se  requerirá a cada aspirante con el fin de que manifieste su intención o voluntad  de nombramiento en alguna de las Notarías vacantes de acuerdo con su  inscripción”;    

Que mediante Decreto  número 488 de 27 de marzo de 2017, el señor Manuel Gregorio Herazo Jiménez,  identificado con la cédula de ciudadanía número 70102734 de Medellín, fue  nombrado en propiedad como Notario Segundo (2°) del Círculo Notarial de  Buenaventura, Valle del Cauca;    

Que mediante comunicación de 4 de abril de  2017, el señor Manuel Gregorio Herazo Jiménez aceptó el nombramiento en  propiedad como Notario Segundo (2°) del Círculo Notarial de Buenaventura, Valle  del Cauca;    

Que el 18 de abril de 2017, a través de  oficio dirigido al Consejo Superior de la Carrera Notarial, enviado por correo  electrónico, con Radicado número SNR2017ER031011, el señor Manuel Gregorio  Herazo Jiménez manifestó su desistimiento frente al nombramiento en propiedad  en el cargo de Notario Segundo (2°) del Círculo Notarial de Buenaventura, Valle  del Cauca, justificando su decisión en “…  quebrantos de salud (fuerza mayor)…”, así como la necesidad de  continuar con un tratamiento para su problema cardiaco en la ciudad de  Cartagena, lo cual le impedía moverse de este entorno;    

Que el numeral 1 del artículo 138 del Decreto ley 960 de  1970 establece que “La designación  queda insubsistente: 1. Por la no aceptación”;    

Que el inciso 1° del artículo 139 del Decreto ley 960 de  1970 establece que el cargo de notario puede ser libremente aceptado o  rehusado;    

Que de conformidad con lo anterior, la  designación efectuada al señor Manuel Gregorio Herazo Jiménez mediante Decreto  número 488 de 27 de marzo de 2017 debe declararse insubsistente en los  términos del artículo 138 del Decreto ley 960 de  1970;    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Insubsistencia. Declárase insubsistente el nombramiento en  propiedad efectuado mediante el Decreto  número 488 del 27 de marzo de 2017, al señor Manuel Gregorio Herazo  Jiménez, identificado con la cédula de ciudadanía número 70102134, como Notario  Segundo (2°) del Círculo Notarial de Buenaventura, Valle del Cauca, de  conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente decreto.    

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de junio de  2017.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Justicia y del Derecho,    

Enrique Gil  Botero.    

               

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