DECRETO 1052 DE 2017

Decretos 2017

DECRETO 1052 DE 2017    

(junio 16)    

D.O. 50.266, junio 16 de 2017    

por el cual se delegan unas funciones  constitucionales.    

Nota: Derogado por el  Decreto 1184 de 2017,  artículo 2º, por el Decreto 1183 de 2017,  artículo 2º y por el Decreto 1071 de 2017,  artículo 2º.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Presidente de la República se  trasladará a partir del día 18 y hasta el 21 de junio de 2017 a Portugal y del  21 al 24 de junio de 2017 a Francia, con el fin de realizar una visita de  Estado y Oficial a esos países, respectivamente;    

Que de conformidad con las disposiciones  constitucionales y con la precedencia establecida en la ley, el Ministro de  Agricultura y Desarrollo Rural está habilitado para ejercer las funciones  constitucionales y legales como Ministro Delegatario,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Por el tiempo que dure la  ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren  los considerandos del presente decreto, deléganse en el Ministro de Agricultura  y Desarrollo Rural, doctor Aurelio Iragorri Valencia las funciones legales y  las correspondientes a las siguientes atribuciones constitucionales:    

1. Artículo 129.    

2. Artículo 138, incisos 3° y 4°.    

3. Artículo 189, con excepción de lo  previsto en los numerales 1 y 2.    

4. Artículo 150 numeral 10, en cuanto se  refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente  de la República.    

5. Artículos 163, 165 y 166.    

6. Artículos 200 y 201.    

7. Artículos 213, 214 y 215.    

8. Artículos 303, 304, 314 y 323.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 16 de junio de  2017.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

               

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