DECRETO 1047 DE 2017

Decretos 2017

DECRETO LEY 1047 DE 2017     

(junio 14)    

D.O. 50.264, junio 14 de 2017    

por el cual se  designa un Director General de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de  Desastres ad hoc.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las  conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 87 de la Ley 734 de 2002, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante comunicación del 2 de marzo del  año en curso, el apoderado de la Unión Temporal Automayor S. A. -Autosuperior  presenta recusación en contra del Director General de la Unidad Nacional para  la Gestión del Riesgo de Desastres, la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica, y  de los demás miembros del Comité de Conciliación para que “(…) se declaren impedidos para conocer  del presente procedimiento administrativo, en virtud de la causal consagrada en  el numeral 11 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011”.    

Que dicha actuación administrativa está  relacionada con el trámite de declaratoria de ocurrencia del siniestro cubierto  por la póliza de calidad del contrato de compraventa 9677- 04-646-2013 suscrito  con la Unión Temporal Automayor S. A. – Autosuperior.    

Que la recusación surge cuando concomitante  al procedimiento administrativo en cita, el Comité de Conciliación de la UNGRD  –del que es miembro el Director como ordenador del gasto– decidió por  unanimidad recomendar a la Fiduprevisora, en su condición de Representante  Legal y vocera del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo S. A., presentar ante  la Procuraduría General de la Nación una solicitud de conciliación como  requisito de procedibilidad para poder instaurar la demanda por incumplimiento  contractual en contra de la Unión Temporal.    

Que mediante escrito del 27 de marzo del  presente año, el doctor Carlos Iván Márquez Pérez acepta el impedimento y  somete el mismo a consideración del Director del Departamento Administrativo de  la Presidencia de la República para que este, en condición de cabeza del sector  Presidencia al cual se encuentra adscrita la UNGRD, la resuelva.    

Que el Director del Departamento  Administrativo de la Presidencia de la República, estudió la manifestación de  impedimento formulada por el doctor Carlos Iván Márquez Pérez, Director General  de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, y en aplicación  del artículo 84 del Código Disciplinario Único, expidió la Resolución Número  409 del 8 de junio de 2017, por medio de la cual se aceptó el impedimento y  dispuso la remisión a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República  de los documentos para la designación del funcionario ad hoc.    

Que subsiste, en consecuencia la necesidad  de designar un Director General en la Unidad Nacional para la Gestión del  Riesgo de Desastres ad hoc, para conocer de la actuación administrativa  aludida, por cuanto al titular se le ha aceptado el impedimento, en  consecuencia se designará a la doctora Lina Marlene Dorado González,  Subdirectora para el Conocimiento del Riesgo, como Directora General de la  Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres ad hoc, para conocer y  decidir de todos los asuntos que correspondan a la actuación administrativa  adelantada por la Oficina Jurídica, encaminada a declarar la ocurrencia del  siniestro cubierto por el amparo de calidad con ocasión de la ejecución del  contrato de compraventa 9677-04-646-2013, declarar la ocurrencia de perjuicios,  ordenar la liquidación del contrato y hacer efectiva la garantía única de  cumplimiento a favor de las entidades estatales mediante la afectación de la  Póliza número 24 GU046756 expedida por Confianza S. A.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designar a la doctora Lina  Marlene Dorado González, Subdirectora para el Conocimiento del Riesgo, como  Directora General de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres  ad hoc, para conocer y decidir de todos los asuntos que correspondan a la  actuación administrativa adelantada por la Oficina Jurídica, encaminada a  declarar la ocurrencia del siniestro cubierto por el amparo de calidad con  ocasión de la ejecución del contrato de compraventa 9677- 04-646-2013.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D.C., a 14 de junio de 2017.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Director del Departamento Administrativo  de la Presidencia de la República,    

Alfonso Prada Gil.    

               

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