DECRETO 974 DE 2014
(mayo 28)
D.O. 49.166, mayo 29 de 2014
por el cual se designa un Superintendente de Industria y Comercio ad hoc.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 12 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y
CONSIDERANDO:
Que el doctor Pablo Felipe Robledo del Castillo, Superintendente de Industria y Comercio, designado mediante Decreto número 2025 de octubre 2 de 2012, a través de la comunicación radicada en el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo con el número 1-2014-004119 de febrero 28 de 2014, se declaró impedido para conocer y decidir todos los asuntos que daba atender en ejercicio de sus funciones de Superintendente de Industria y Comercio, en relación con la actuación administrativa radicada con el número 14-011067, en la que se presentó una solicitud de preevaluación de la operación de integración empresarial entre Anhídridos y Derivados de Colombia S. A. – Andercol y Polisuin S. A., en Reorganización;
Que el doctor Pablo Felipe Robledo del Castillo, Superintendente de Industria y Comercio, adujo como razón de impedimento, que su esposa, Carolina Hoyos Jiménez, tiene la calidad de media hermana de dos de los accionistas de Inversiones Mundial S. A. (una de las empresas interesadas en la aprobación de la operación de integración que se somete a consideración de la SIC), a saber: Luis Jorge Saldarriaga Jiménez y Andrea Saldarriaga Jiménez, que lo convierte en interesado indirecto para resolver la solicitud de preevaluación de la integración proyectada entre Andercol y Polisuin, habida cuenta de que cualquier decisión que se adopte como consecuencia de la solicitud antes referida afectaría directamente a Andercol e Inversiones Mundial S. A., para lo cual se acreditó el referido parentesco de consanguinidad con los respectivos registros civiles, mediante Oficio número 2-2014-008582, dirigido al Jefe de la Oficina Asesora Jurídica, de fecha abril 28 de 2014;
Que el señor Ministro de Comercio, Industria y Turismo, estudió la manifestación de impedimento formulada por el doctor Pablo Felipe Robledo del Castillo, Superintendente de Industria y Comercio, y en aplicación de los artículos 11 y 12 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, expidió la Resolución número 2031 de fecha mayo 14 de 2014, por medio de la cual se acepta el impedimento y se ordena el envío de los documentos a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República para la designación del funcionario ad hoc,
DECRETA:
Artículo 1°. Designar al doctor Luis Guillermo Vélez Cabrera, Superintendente de Sociedades, como Superintendente de Industria y Comercio ad hoc para conocer y decidir todas las actuaciones que se adelantan con respecto la actuación administrativa radicada con el número 14-011067, en la que se presentó una solicitud de preevaluación de la operación de integración empresarial entre Anhídridos y Derivados de Colombia S. A. (Andercol) y Polisuin S. A., en Reorganización.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 28 de mayo de 2014.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Santiago Rojas Arroyo.