DECRETO 943 DE 2016
(junio 10)
D.O. 49.900, junio 10 de 2016
por el cual se acepta la renuncia a un Notario.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren los artículos 131 de la Constitución Política, 144 numeral 1 del Decreto–ley 960 de 1970, y el artículo 2.2.6.1.5.3.9 del Decreto 1069 de 26 de mayo de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el señor José Manuel Baute Fernández de Castro, identificado con la cédula de ciudadanía número 19179051 de Bogotá, nombrado como notario tercero (3) en propiedad del Círculo Notarial de Valledupar, Cesar, mediante el Decreto número 3380 del 9 de septiembre de 2008, a través de escrito de fecha 16 de mayo de 2016, presentó renuncia al cargo.
Que teniendo en cuenta lo preceptuado en el artículo 144 del Decreto–ley 960 de 1970, el cargo de notario se pierde por la aceptación de la renuncia.
Que el artículo 2.2.6.1.5.3.9 del Decreto 1069 de 26 de mayo de 2015, decreto único Reglamentario del Sector Justicia y de Derecho, establece como una causal de pérdida del cargo la aceptación de la renuncia.
Que el artículo 150 del Decreto–ley 960 de 1970 establece que “El Notario no podrá separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo de ellas quien deba remplazarlo”.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Aceptación de Renuncia. Aceptase la renuncia presentada por el señor José Manuel Baute Fernández de Castro, identificado con la cédula de ciudadanía número 19179051 de Bogotá, al cargo de notario tercero en propiedad del Círculo Notarial de Valledupar, Cesar, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.
Parágrafo. El señor José Manuel Baute Fernández de Castro, no podrá separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo de ellas quien deba reemplazarlo.
Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.C., a 10 de junio de 2016.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Jorge Eduardo Londoño Ulloa.