DECRETO 938 DE 2014
(mayo 21)
D.O. 49.158, mayo 21 de 2014
por el cual se hace efectiva una sanción disciplinaria impuesta al señor Felipe Alfonso Guzmán Mendoza, Gobernador del departamento del Putumayo.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 304 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 172 de la Ley 734 de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal mediante fallo de primera instancia del 11 de septiembre de 2013, proferido dentro del proceso radicado bajo el número IUS 2010-27205 – IUC – D–2010–652–226762, impuso sanción disciplinaria consistente en destitución e inhabilidad general por once (11) años al señor Felipe Alfonso Guzmán Mendoza, identificado con la cédula de ciudadanía número 2571934, en su condición de Gobernador del departamento del Putumayo para la época de los hechos (octubre de 2009).
Que según constancia de fecha 10 de febrero de 2014, suscrita por la Secretaria de la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal, la providencia citada cobró ejecutoria el 15 de enero de 2014.
Que en el numeral sexto de la providencia antes citada, se ordenó surtir los trámites y exigencias de que tratan los artículos 172 y siguientes de la Ley 734 de 2002.
Que en cumplimiento de lo anterior, mediante oficio número 32810 del 11 de marzo de 2014, suscrito por la Secretaria de la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal y dirigido a la Presidencia de la República, se remitió copia del fallo de primera instancia y la constancia de ejecutoria del 10 de febrero de 2014, para que se haga efectiva la sanción impuesta al señor Felipe Alfonso Guzmán Mendoza, en su condición de Gobernador del Departamento del Putumayo al momento de los hechos.
Que en cumplimiento de lo ordenado por la Procuraduría General de la Nación, se hace necesario hacer efectiva la sanción de destitución e inhabilidad general por once (11) años impuesta al Gobernador del departamento del Putumayo para la época de los hechos.
DECRETA:
Artículo 1°. Sanción. Hacer efectiva la sanción disciplinaria consistente en destitución e inhabilidad general por once (11) años, impuesta al señor Felipe Alfonso Guzmán Mendoza, identificado con la cédula de ciudadanía número 2571934, en su condición de Gobernador del departamento del Putumayo para la época de los hechos, en cumplimiento de lo ordenado por la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal, en providencia del 11 de septiembre de 2013 proferida dentro del proceso radicado bajo el número IUS 2010-27205 – IUC – D–2010–652–226762.
Artículo 2°. Comunicación. Comunicar el contenido de este decreto al señor Felipe Alfonso Guzmán Mendoza, a la Procuraduría General de la Nación y a la Gobernación del Departamento del Putumayo, para que se realicen las anotaciones en la hoja de vida.
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase
Dado en Bogotá, D. C., a 21 de mayo de 2014.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro del Interior,
Aurelio Iragorri Valencia.