DECRETO 92 DE 2015
(enero 16)
D.O. 49.396, enero 16 de 2015
por el cual se nombran unos miembros principales en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Facatativá.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 80 del Código de Comercio, modificado por el artículo 3° de la Ley 1727 de 2014, y el Decreto 2042 de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 80 del Código de Comercio, modificado por el artículo 3° de la Ley 1727 de 2014, el Gobierno Nacional estará representado en las Juntas Directivas de las Cámaras de Comercio hasta en una tercera parte de cada Junta.
Que el artículo 7 del Decreto 2042 de 2014 establece que: “Cada Cámara de Comercio tendrá una Junta Directiva que será el máximo órgano de administración, conformada por comerciantes inscritos que tengan la calidad de afiliados y una tercera parte por representantes del Gobierno Nacional, teniendo en cuenta la importancia comercial de la correspondiente circunscripción y el número de comerciantes inscritos que tengan la calidad de afiliados, así:
(…)
2. Las Cámaras de Comercio que tengan entre mil (1.000) hasta dos mil quinientos (2.500) afiliados, nueve (9) miembros principales y nueve (9) suplentes personales.
Las Juntas Directivas de las Cámaras de Comercio de Aburrá Sur; Palmira; Cúcuta; Facatativá; Manizales por Caldas; Cauca; Santa Marta para el Magdalena; Pereira; Neiva; Villavicencio; Ibagué; Oriente Antioqueño; Montería; Tuluá; Pasto; Buenaventura; Armenia y del Quindío; Tunja; Valledupar; Barrancabermeja; y Casanare tendrán, con independencia del número de afiliados, nueve (9) miembros principales y nueve (9) suplentes personales, salvo que tengan el número de afiliados a que se refiere el numeral 3 de este artículo. (Subrayado fuera del texto) (…)”.
Que a su turno el artículo 8° ibídem, contempló que las juntas directivas de las Cámaras de Comercio que se elijan para el período 2014-2018 conservarán el número de integrantes vigentes a la fecha de la expedición de la Ley 1727 de 2014.
Que de conformidad con las normas citadas y según cuadro suministrado por la Superintendencia de Industria y Comercio, la Representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Facatativá, corresponde a un total de dos (2) miembros principales y dos (2) miembros suplentes,
DECRETA:
Artículo 1°. Nómbrese al doctor Luis Alberto Vargas Ángel, identificado con la cédula de ciudadanía número 3183520 de Subachoque, como Miembro Principal en representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Facatativá, en reemplazo del doctor Jaime Omar García.
Artículo 2°. Nómbrese al doctor Carlos Alberto Rojas Andrade, identificado con la cédula de ciudadanía número 79542427 de Bogotá, D. C., como Miembro Principal en representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Facatativá, en reemplazo de la doctora Flor Alba Ramírez.
Artículo 3°. Los nuevos Directivos nombrados, deberán posesionarse ante la Junta Directiva de la respectiva Cámara de Comercio.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 16 de enero de 2015.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
La Ministra de Comercio, Industria y Turismo,
Cecilia Álvarez-Correa Glen.