DECRETO 89 DE 2017

Decretos 2017

DECRETO 089 DE 2017     

(enero 23)    

D.O. 50.125, enero 23 de 2017    

por el cual se  delegan unas funciones constitucionales.    

Nota:  Desarrollado por el Decreto 140 de 2017.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que a partir del día 26 de enero de 2017 en  horas de la noche el Presidente de la República se trasladará a la ciudad de  Arequipa – República de Perú, con el fin de asistir a la Reunión del Gabinete  Binacional Colombia – Perú;    

Que su regreso se realizará el día 27 de  enero de 2017;    

Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con  la precedencia establecida en la ley, el Ministro de Transporte, está  habilitado para ejercer las funciones constitucionales y legales como ministro  delegatario,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Por el tiempo que dure la ausencia  del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los  considerandos del presente decreto, deléganse en el Ministro de Transporte,  doctor Jorge Eduardo Rojas Giraldo, las funciones legales y las  correspondientes a las siguientes atribuciones constitucionales:    

1. Artículo 129.    

2. Artículo 189, con excepción de lo  previsto en los numerales 1 y 2.    

3. Artículo 150 numeral 10, en cuanto se  refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente  de la República.    

4. Artículos 163, 165 y 166.    

5. Artículos 200 y 201.    

6. Artículos 213, 214 y 215.    

7. Artículos 303, 304, 314 y 323.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 23 de enero de  2017.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

               

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