DECRETO 862 DE 2015
(abril 29)
D.O. 49.497, abril 29 de 2015
por el cual se hace un nombramiento en virtud del artículo 178 numeral 3 del Decreto ley 960 de 1970, y se designa un notario en interinidad en el Círculo Notarial de Bogotá y un notario en encargo en el Círculo Notarial de Medellín.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el artículo 131 de la Constitución Política, los artículos 145, 148 y 178 numeral 3 del Decreto ley 960 de 1970, 2° de la Ley 588 de 2000, 5° del Decreto 2163 de 1970; 66, 71 y 74 del Decreto Reglamentario 2148 de 1983, y
CONSIDERANDO:
Que con el Decreto 0434 del 13 de marzo de 2015, la doctora Beatriz Vargas Navarro, fue retirada del servicio notarial en cumplimiento del Decreto 3047 de 1989 que establece como edad de retiro forzoso para los notarios, la de 65 años.
Que mediante el Decreto 2054 de 16 de octubre de 2014, se reglamentó el derecho de preferencia consagrado en el numeral 3 del artículo 178 del Decreto ley 960 de 1970 y en su artículo 4 se establecieron como causales de vacancia, las siguientes “1. Muerte, 2. Renuncia aceptada, 3. Destitución del cargo, 4. Retiro forzoso por cumplir la edad de 65 años, 5. Declaratoria de abandono del cargo. 6. Ejercicio de cargo público no autorizado por la ley”.
Que mediante el Decreto 3654 del 22 de septiembre de 2008, se nombró en propiedad al doctor Gustavo Eduardo Vergara Wiesner, identificado con la cédula de ciudadanía número 19362666, como Notario cincuenta y tres (53) del Círculo de Bogotá.
Que el doctor Gustavo Eduardo Vergara Wiesner, Notario cincuenta y tres (53) del Círculo de Bogotá, solicitó, con base en el derecho de preferencia consagrado en el numeral 3º del artículo 178 del Decreto ley 960 de 1970, mediante escrito del 16 de marzo de 2015, su designación en la Notaría Dieciséis (16) del Círculo de Bogotá.
Que mediante certificación del 14 de abril de 2015, el Secretario Técnico del Consejo Superior de la Carrera Notarial, informó “Que adelantado el trámite contenido en el Acuerdo 003 de 2014, para proveer la vacante de la Notaría Dieciséis (16) del Círculo de Bogotá se debe nombrar al doctor Gustavo Eduardo Vergara Wiesner, Notario Cincuenta y Tres (53) del círculo de Bogotá”.
Que el Secretario Técnico del Consejo Superior de la Carrera Notarial, mediante documento del 14 de abril de 2015, certificó “que teniendo en cuenta que el Decreto 2054 de fecha 16 de octubre de 2014, reglamentario del numeral 3° del artículo 178 del Decreto ley 960 de 1970, en su artículo 4° no establece el nombramiento en ejercicio del derecho de preferencia de un notario como causal de vacancia para el ejercicio del derecho de preferencia, para la provisión de la Notaría Cincuenta y Tres (53) del círculo de Bogotá no es aplicable el Derecho de Preferencia”.
Que mediante Decreto 2622 del 17 de diciembre de 2012, se nombró en propiedad al doctor Héctor Adolfo Sintura Varela, identificado con la cédula de ciudadanía número 79389928, como Notario Veintinueve (29) del Círculo de Medellín.
Que el doctor Héctor Adolfo Sintura Varela, Notario Veintinueve (29) del Círculo de Medellín, solicitó al Consejo Superior en aplicación del numeral 2 del artículo 144 del Decreto ley 960 de 1970, ser nombrado en una Notaría vacante del Círculo de Bogotá.
Que el numeral 2 del artículo 144 del Decreto ley 960 de 1970 establece que “El cargo se pierde: (…) 2. Por ejercer otro cargo público. Sin embargo, quienes ejerzan Notaría en propiedad no la perderán cuando fueren designados interinamente o por encargo para alguno en la Rama Jurisdiccional o en el Ministerio Público, o en otra Notaría o en Oficina de Registro. (…)”
Que el Secretario Técnico del Consejo Superior de la Carrera Notarial, mediante documento del 14 de abril de 2015, certificó “Que en sesión de fecha 28 de enero de 2015, el Consejo Superior estableció que “el Consejo debe enterarse de estos temas pero nunca autorizar, el presidente designa y se aplica si el notario es de carrera (…) el nominador es el encargado, sin que haya autorización previa del Consejo Superior”.
Que de acuerdo con lo estipulado en el artículo 148 del Decreto ley 960 de 1970 en concordancia con el 2° de la Ley 588 de 2000, en caso de producirse una vacante, y no existiendo lista de elegibles vigente, el nominador puede designar notarios en interinidad, mientras el organismo competente realiza el respectivo concurso.
Que el Secretario Técnico del Consejo Superior de la Carrera Notarial, mediante documento del 14 de abril de 2015, certificó “Que mediante oficio de fecha 17 de febrero de 2015, el nominador de los notarios de primera categoría manifestó al Consejo Superior ´intención de nombrar en interinidad al doctor Héctor Adolfo Sintura Varela, identificado con la cédula de ciudadanía número 79389928, actual notario en propiedad de la Notaría Veintinueve (29) del círculo de Medellín, en la notaría que resulte vacante una vez se adelante el procedimiento consagrado en el Decreto 2054 de 2014, reglamentario del derecho de preferencia contenido en el numeral 3 del artículo 178 del Decreto Ley 960 de 1970, para proveer la vacancia generada en la Notaría (16) del círculo de Bogotá´.”
Que en el documento del 14 de abril de 2015, el Secretario Técnico del Consejo Superior de la Carrera Notarial, certificó “Que para proveer la vacante de la Notaria Cincuenta y Tres (53) del Círculo de Bogotá se debe nombrar en interinidad al doctor Héctor Adolfo Sintura Varela, Notario veintinueve (29) del Círculo de Medellín”.
Que la designación de los notarios de primera categoría es competencia del Gobierno Nacional.
Que mediante documento del 14 de abril y para los fines señalados en el artículo 1° del Decreto 2874 de 1994, la Superintendencia de Notariado y Registro emitió concepto previo sobre la viabilidad de efectuar la designación en encargo en la Notaría Veintinueve (29) del Círculo de Medellín, Antioquia.
Que el Secretario Técnico del Consejo Superior de la Carrera Notarial, mediante documento del 14 de abril de 2015, certificó “Que para proveer la vacante de la Notaría Veintinueve (29) del Círculo de Medellín, se debe nombrar a un notario en encargo mientras se mantenga el nombramiento en interinidad del doctor Héctor Adolfo Sintura Varela en la Notaría Cincuenta y Tres (53) del círculo de Bogotá en virtud del numeral 2 del artículo 144 del Decreto Ley 960 de 1970”.
Que por estrictas necesidades del servicio debe designarse en el cargo de Notario veintinueve (29) del Círculo de Medellín, a un profesional calificado, que cumpla con los requisitos legales establecidos para el citado cargo.
Que de acuerdo con lo anterior, la Directora de Administración Notarial de la Superintendencia de Notariado y Registro, mediante certificado de 14 de abril de 2015 informó que: “Con fundamento en las facultades otorgadas por el numeral 3 del artículo 25 del Decreto 2723 de 29 de diciembre de 2014 y :con fundamento en lo establecido en el artículo 2° Decreto 2874 de 1994, emite concepto favorable para la designación de notario, una vez revisada la documentación aportada por el doctor John Fredy Toro González, identificado con la cédula de ciudadanía 8462707 de Fredonia (Antioquia), respecto de la cual se establece que el citado profesional cumple con las calidades exigidas por la ley para el ejercicio de la función notarial en círculos de primera categoría, en encargo”.
En mérito de lo expuesto.
DECRETA:
Artículo 1°. Nombramiento en ejercicio del derecho de preferencia. Nómbrase al doctor Gustavo Eduardo Vergara Wiesner, identificado con la cédula de ciudadanía 19362666 y actual Notario cincuenta y tres (53) del Círculo de Bogotá., como Notario Dieciséis (16) en propiedad del mismo Círculo Notarial, por haberlo solicitado en ejercicio del derecho de preferencia consagrado en el numeral 3 del artículo 178 del Decreto ley 960 de 1970.
Artículo 2°. Nombramiento en interinidad. Nómbrase en interinidad en virtud el numeral 2 del artículo 144 del Decreto ley 960 de 1970, al doctor Héctor Adolfo Sintura Varela, identificado con la cédula de ciudadanía número 79389928 y actual Notario veintinueve (29) en propiedad del Círculo de Medellín, como Notario Cincuenta y Tres (53) del Círculo de Bogotá.
Artículo 3°. Nombramiento en encargo. Nómbrase en encargo al doctor John Fredy Toro González, identificado con la cédula de ciudadanía 8462707, como Notario Veintinueve (29) del Círculo de Medellín, mientras se mantenga el nombramiento en interinidad del doctor Héctor Adolfo Sintura Varela en la Notaría Cincuenta y Tres (53) del Círculo de Bogotá, en virtud del numeral 2 del artículo 144 del Decreto ley 960 de 1970.
Artículo 4°. Acreditación de documentos para tomar posesión del cargo. Para tomar posesión del cargo, los designados deberán acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro, la documentación de ley.
Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 29 de abril de 2015.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Yesid Reyes Alvarado.