DECRETO 86 DE 2017

Decretos 2017

DECRETO 086 DE 2017     

(enero 23)    

D.O. 50.125, enero 23 de 2017    

por el cual se  comisiona para situaciones especiales en la planta externa del Ministerio de  Relaciones Exteriores.    

El Presidente de La República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de  las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  el literal b) del artículo 37 y 40 y el literal b) del artículo 53 del Decreto Ley 274 de  2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que el doctor Dixon Orlando Moya Acosta,  funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, en  la categoría de Ministro Plenipotenciario, se encuentra cumpliendo el lapso de  alternación a la planta interna desde el 3 de noviembre de 2015.    

Que mediante Acta 791 del 13 de octubre de  2016, la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular en ejercicio  de la función que le asigna el literal c) del artículo 73 del Decreto ley 274 de  2000, por necesidades del servicio, recomendó la alternación anticipada a  la planta externa del Ministro Plenipotenciario Dixon Orlando Moya Acosta.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Comisiónase a la planta externa  al doctor Dixon Orlando Moya Acosta, identificado con cédula de ciudadanía  número 80273557, al cargo de Ministro Consejero de Relaciones Exteriores,  código 1014, grado 13, de la planta global del Ministerio de Relaciones  Exteriores, adscrito al Consulado General de Colombia en Chicago, Estados  Unidos de América.    

Parágrafo. El doctor Dixon Orlando Moya  Acosta, es funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera Diplomática y  Consular, en la categoría de Ministro Plenipotenciario.    

Artículo 2°. El doctor Dixon Orlando Moya  Acosta, ejercerá las funciones de Cónsul General de Colombia en Chicago,  Estados Unidos de América y se desempeñará como Jefe de la Oficina Consular  mencionada.    

Artículo 3°. Las erogaciones que ocasione el  cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del  Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.    

Artículo 4°. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 23 de enero de  2017.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

La Ministra de Relaciones Exteriores,    

María Ángela Holguín Cuéllar.    

               

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