DECRETO 841 DE 2015

Decretos 2015

DECRETO 841 DE 2015    

(abril 28)    

D.O. 49.497, abril 29 de 2015    

por el cual se crea un Consulado Honorario y se  nombra un Cónsul Honorario.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 2 del  Artículo 189 de la Constitución Política,  la Ley 17 de 1971 y el Decreto 952 de 2014,  y    

CONSIDERANDO:    

Que de acuerdo con la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares  aprobada mediante Ley 17 de 1971, el  Gobierno de Colombia puede disponer la creación de oficinas consulares  dirigidas por Cónsules Honorarios.    

Que de acuerdo al artículo 8° del Decreto  952 de 23 de mayo de 2014, “La  propuesta de apertura de una Oficina Consular Honorario estará a cargo  exclusivamente de la Misión Diplomática o a falta de esta, de la Representación  Consular de Carrera con jurisdicción sobre la región donde funcionará la  Representación Consular Honoraria, quien deberá enviar un documento de  propuesta de apertura de la oficina y nombramiento del funcionario consular  honorario que incluirá: la circunscripción consular, clase de oficina a abrir,  conveniencia de la apertura y del nombramiento, así como los fundamentos y  documentos que soportan la propuesta. La propuesta deberá ser elevada a la  Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano para su  estudio y eventual aprobación, la cual requerirá además el concepto favorable  de la Dirección que se ocupe del área geográfica en donde estará el nuevo consulado  honorario”.    

Que de acuerdo con lo establecido en el literal h) del artículo 8° del Decreto 952 de 2014,  “El periodo durante el cual es  designado cónsul honorario, que no podrá exceder de cuatro (4) años, renovables  a solicitud de la Embajada”.    

Que mediante memorando EPLVSV. 350 de 31 de octubre de 2014, la Embajada de  Colombia en Polonia solicitó la apertura de un Consulado Honorario de Colombia  en Chisinau, República de Moldova, y postuló como candidato a Cónsul Honorario  al señor Ion Comanac.    

Que mediante memorando EPLVSV 041 de 13 de marzo de 2015, la Embajada de  Colombia en Polonia envió los documentos establecidos como requisitos en el  artículo 19 del Decreto 952 de 23 de mayo 2014.    

Que mediante memorando I-GAUC-15-012426 del 20 de marzo de 2015, el Grupo  Interno de Trabajo de Asuntos Consulares solicitó a la Dirección de Europa  concepto favorable para la apertura del Honorario de Colombia en Chisinau,  República de Moldova, el cual fue recibido mediante memorando I-GEPE-15-012652  de 30 de marzo de 2015.    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Créase el Consulado Honorario de Colombia en Chisinau,  República de Moldova, con circunscripción en todo el territorio de la República  de Moldova.    

Artículo 2°. Desígnase al señor Ion Comanac como Cónsul Honorario de  Colombia en la ciudad de Chisinau, República de Moldova; por un periodo de  cuatro (4) años.    

Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 28 de abril de 2015.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

La Ministra de Relaciones Exteriores,    

María Ángela Holguín Cuéllar.    

               

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