DECRETO 836 DE 2016

Decretos 2016

DECRETO 836 DE 2016     

(mayo 20)    

D.O. 49.879, mayo 20 de  2016    

por el cual se hace un nombramiento  en virtud del artículo 178 numeral 3 del Decreto ley 960 de  1970, en el Círculo Notarial de Manizales y se designa un notario en  interinidad en el de La Dorada (Caldas).    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las  que le confieren el artículo 131 de la Constitución Política,  5° del Decreto ley 2163  de 1970, 2° de la Ley 588 de 2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto  2249 de 24 de noviembre de 2015, el señor José Rubián  Zamora Idarraga, notario cuarto (4) en propiedad del  Círculo Notarial de Manizales (Caldas), fue retirado del cargo por cumplimiento  de la edad de retiro forzoso, en virtud de lo establecido en el artículo  2.2.6.1.5.3.13 del Decreto  1069 de 26 de mayo de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia  y del Derecho, que establece como edad de retiro forzoso para los notarios la  de 65 años.    

Que el numeral 3 del artículo 178 del Decreto ley 960 de  1970 establece que el pertenecer a la carrera notarial implica la  preferencia para ocupar, a solicitud propia y dentro de la misma  circunscripción político-administrativa, otra Notaría de la misma categoría que  se encuentre vacante.    

Que mediante el Decreto 1069 de 2015,  Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, se reglamentó el  derecho de preferencia consagrado en el numeral 3 del artículo 178 del Decreto ley 960 de  1970 y en su artículo 2.2.6.3.2.3 se establecieron como causales de  vacancia, las siguientes:    

“1.  Muerte, 2. Renuncia aceptada, 3. Destitución del cargo, 4. Retiro forzoso por  cumplir la edad de 65 años, 5. Declaratoria de abandono del cargo, 6. Ejercicio  de cargo público no autorizado por la ley”.    

Que el día 25 de noviembre de 2015, teniendo  en cuenta lo dispuesto en el artículo 1° del Acuerdo 003 de 2014 del Consejo  Superior de la Carrera Notarial, “por  el cual se establece el procedimiento operativo para implementar el derecho de  preferencia consagrado en el numeral 3 del artículo 178 del Decreto ley 960 de  1970, se dio inicio al trámite de recepción de solicitudes de los  notarios de carrera para proveer la vacante generada en la Notaría cuarta (4)  del Círculo Notarial de Manizales (Caldas), tal como lo informa el Secretario  Técnico del Consejo Superior, en certificación de fecha 29 de abril de 2016.    

Que el señor Eduardo Alberto Cifuentes Ramírez, notario único del Círculo Notarial de La  Dorada (Caldas), nombrado en propiedad mediante el Decreto  884 del 16 de marzo de 2009, en virtud del derecho de preferencia  consagrado en el numeral 3 del artículo 178 del Decreto–ley 960 de 1970, mediante escrito del 27 de  noviembre de 2015, solicitó su designación en la Notaría cuarta (4) del Círculo  Notarial de Manizales (Caldas).    

Que mediante certificación de 29 de abril de 2016, el Secretario  Técnico del Consejo Superior informó que “en ejercicio del derecho de preferencia y para proveer la vacante  generada en la Notaría Cuarta (4) del círculo de Manizales – Caldas, de  conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo del Acuerdo número  003 2014 del Consejo Superior, se presentaron las solicitudes de los doctores  Eduardo Alberto Cifuentes Ramírez, Notario Único del  Círculo de La Dorada (Caldas), y el doctor Jorge Noel Osorio Cardona, Notario  Segundo (2) del Círculo de Chinchiná (Caldas)”.    

Que en esta misma certificación el  Secretario Técnico del Consejo Superior, indicó “Que la Directora de  Administración Notarial certificó que la “Directora de Administración Notarial certificó que el doctor Eduardo  Alberto Cifuentes Ramírez tomó posesión del cargo  como notario en propiedad el día 3 de abril de 2009, con efectos legales y  fiscales a partir del 6 de abril de 2009, y el doctor Jorge Noel Osorio Cardona  tomó posesión del cargo como notario en propiedad el día 30 de abril de 2009”,  por lo cual, “para proveer la vacante en la Notaría Cuarta (4) del círculo de  Manizales (Caldas), se debe nombrar al doctor Eduardo Alberto Cifuentes Ramírez, Notario Único del Círculo de La Dorada  (Caldas)”.    

Que el Secretario Técnico del Consejo  Superior, mediante documento de 29 de abril de 2016, certificó que “teniendo en cuenta que el Decreto 1069 de 2015,  reglamentario del numeral 3 del artículo 178 del Decreto ley 960 de  1970, en su artículo 2.2.6.3.2.3, no establece el nombramiento en ejercicio  del derecho de preferencia de un notario como causal de vacancia para el  ejercicio del derecho de preferencia, para la provisión de la Notaría Única del  Círculo de La Dorada (Caldas), no es aplicable el Derecho de Preferencia”.    

Que de acuerdo con lo estipulado en el  artículo 148 del Decreto ley 960 de  1970 en concordancia con el 2° de la Ley 588 de 2000, no  existiendo lista de elegibles vigente, el nominador puede designar notarios en  interinidad, mientras el organismo competente realiza el respectivo concurso.    

Que mediante el Acuerdo 29 del 15 de  diciembre de 2011, el Consejo Superior de la Carrera Notarial conformó la Lista  de Elegibles para proveer en propiedad 157 cargos de notario en diferentes  círculos notariales del país, la cual tuvo vigencia hasta el 18 de diciembre  del año 2013.    

Que mediante documento de 29 de abril de  2016 y para los fines señalados en el artículo 2.2.6.2.1 del Decreto  1069 de 26 de mayo de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia  y del Derecho, la Superintendencia de Notariado y Registro emitió concepto  previo sobre la viabilidad de efectuar la designación en interinidad en la  Notaría Única del Círculo Notarial de La Dorada (Caldas).    

Que por estrictas necesidades del servicio  debe designarse en el cargo de notario único del círculo de La Dorada (Caldas),  a un profesional calificado que cumpla con los requisitos legales establecidos  para el citado cargo.    

Que de acuerdo con lo anterior, la Directora  de Administración Notarial de la Superintendencia de Notariado y Registro,  mediante documento de 29 de abril de 2016 certificó que: “Con fundamento en las facultades otorgadas  por el numeral 3 del artículo 25 del Decreto  2723 de 29 de diciembre de 2014 y con fundamento en lo establecido en el  artículo 2.2.6.2.2 Decreto 1069 de 2015,  Decreto Único del Sector Justicia, emite concepto favorable para la designación  de notario, una vez revisada la documentación aportada por el doctor, Francisco  Javier Osorio Jaramillo identificado con la cédula de ciudadanía No. 10.283.194  de Manizales, respecto de la cual se establece que el citado profesional cumple  con las calidades exigidas por la ley para el ejercicio de la función notarial  en Círculos de Primera Categoría, en Interinidad”.    

En mérito de lo expuesto.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Nombramiento en ejercicio del derecho de preferencia. Nómbrase al señor Eduardo Alberto Cifuentes  Ramírez, identificado con la cédula de ciudadanía número 10.163.541 de La  Dorada, actual notario único del círculo Notarial de La Dorada (Caldas), como  notario cuarto (4) en propiedad del Círculo Notarial de Manizales (Caldas).    

Artículo 2°. Nombramiento. Nómbrase en interinidad  al señor Francisco Javier Osorio Jaramillo, identificado con la cédula de  ciudadanía número 10283194 de Manizales, como notario único del Círculo  Notarial de La Dorada (Caldas).    

Artículo 3°. Acreditación de documentos para tomar posesión del cargo. Para  tomar posesión del cargo, los designados deberán acreditar ante la  Superintendencia de Notariado y Registro, la documentación de ley.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 20 de mayo de 2016.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Justicia y del Derecho,    

Jorge Eduardo  Londoño Ulloa.    

               

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