DECRETO 835 DE 2016

Decretos 2016

DECRETO 835 DE 2016     

(mayo 20)    

D.O. 49.879, mayo 20 de  2016    

por el cual se  retira del servicio a un notario por haber alcanzado la edad de retiro forzoso.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las  que le confieren el inciso 2° del artículo 182 del Decreto ley 960 de  1970, y el artículo 2.2.6.1.5.3.13 del Decreto  1069 de 26 de mayo de 2015, y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 2.2.6.1.5.3.13 del Decreto  1069 de 26 de mayo de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia  y del Derecho, establece como edad de retiro forzoso para los notarios, la de  65 años.    

Que el inciso segundo del artículo 182 del Decreto ley 960 de  1970 estipula que el retiro del Notario “se producirá a solicitud del interesado, del Ministerio Público, de la  Vigilancia Notarial, o de oficio, dentro del mes siguiente a la ocurrencia de  la causal”.    

Que la Sección Quinta, de la Sala de lo  Contencioso Administrativo, del Consejo de Estado, mediante providencia del 27  de marzo de 2014, dentro del proceso con radicación número  250002341000201200583-01, dispuso exhortar al Gobierno nacional, al Consejo  Superior de la Carrera Notarial y a la Dirección de Gestión Notarial de la  Superintendencia de Notariado y Registro para que “(…) apliquen lo previsto en el artículo 1° del Decreto  3047 de 29 de diciembre de 1989, sin dilación alguna”.    

Que el Consejo de Estado en fallo proferido  el 27 de marzo de 2014 dentro del proceso de acción de cumplimiento número  080012331000201300003-01, resolvió “Conminar  a las accionadas para que  en el futuro tomen las medidas necesarias para que los retiros de los notarios  que lleguen a la edad de 65 años, se efectúen dentro del término previsto en la  normativa aplicable, esto es, el artículo 1° del Decreto 3047 de 1989,  es decir, dentro del mes siguiente a la ocurrencia de la causal”, norma  que fue compilada en el artículo 2.2.6.1.5.3.13 del Decreto  1069 de 26 de mayo de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia  y del Derecho.    

Que el señor Alfredo Torres Hurtado,  identificado con la cédula de ciudadanía número 10072142 de Pereira, nombrado  mediante el Decreto  número 1524 del 30 de abril de 2009 como notario único en propiedad del  Círculo Notarial de Dosquebradas (Risaralda),  cumplió 65 años de edad el día 7 de abril de 2016, de acuerdo con la  información consignada en el registro civil de nacimiento que reposa en el  archivo de la Superintendencia de Notariado y Registro.    

Que el artículo 150 del Decreto ley 960 de  1970 establece que “El Notario no  podrá separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo  de ellas quien deba remplazarlo”.    

En mérito de lo expuesto.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Retiro del Servicio. Retírase del  servicio al señor Alfredo Torres Hurtado, identificado con la cédula de  ciudadanía número 10072142 de Pereira, quien se encuentra desempeñando el cargo  de notario único en propiedad del Círculo Notarial de Dosquebradas  (Risaralda), por cumplimiento de la edad de retiro  forzoso.    

Parágrafo. El señor Alfredo Torres Hurtado,  no podrá separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho  cargo de ellas quien deba remplazarlo.    

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 20 de mayo de 2016.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Justicia y del Derecho,    

Jorge Eduardo  Londoño Ulloa.    

               

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