DECRETO 793 DE 2015
(abril 21)
D.O. 49.489, abril 21 de 2015
por el cual se suprime un Consulado Honorario.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto 952 de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 2254 del 16 de octubre 2013, se creó el Consulado Honorario de Colombia en Mersin, Turquía; y designó al señor Ahmet Kodaz, como Cónsul Honorario de Colombia en esa ciudad.
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 del Decreto 952 de 2014, “La Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y de Servicio al Ciudadano estudiará la conveniencia de continuar con la Oficina Consular Honoraria, para lo cual solicitará la asistencia de la Misión Diplomática u Oficina Consular de Carrera que corresponda, para determinar si de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 2° de este decreto, procede la continuación de la respetiva oficina. Para lo anterior, deberá tenerse en cuenta la existencia de candidatos que se encuentren en disposición para asumir el cargo de Cónsul Honorario, y cumplan con los requerimientos de que se trata este decreto”.
Que mediante Memorandos I-GAUC-15-005622 e I-GAUC-15-013781, el Grupo Interno de Trabajo de Asuntos Consulares, solicitó a la Embajada de Colombia en Turquía que actualizara la información del Cónsul Honorario en Mersin, Turquía; o que indicara expresamente si se precedía a la supresión del mismo.
Que mediante Memorando ETRAKR. 164/15 del 17 de marzo de 2015, el Encargado de Funciones Consulares de Colombia en Ankara informa que el Consulado Honorario de Colombia en Mersin nunca entró en funcionamiento debido a que el Gobierno de Turquía no dio respuesta acerca de la postulación del candidato. Así mismo, mediante correo electrónico del 15 de abril de 2015, el Embajador de Colombia en Turquía solicitó la supresión del citado Consulado Honorario.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º. Suprimir el Consulado Honorario de Colombia en Mersin, Turquía.
Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 21 de abril de 2015.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
La Ministra de Relaciones Exteriores,
María Ángela Holguín Cuéllar.