DECRETO 790 DE 2015

Decretos 2015

DECRETO 790 DE 2015    

(abril 21)    

D.O. 49.489, abril 21 de  2015    

por el cual se  modifica el Decreto 0525 de 2015.    

El Presidente de la República de Colombia,  en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que  le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política y  el Decreto ley 274 de  2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto  0525 del 25 de marzo de 2015, se nombró a la doctora Claudia Liliana López  Garzón, en el cargo de Consejero de Relaciones Exteriores, Código 1012, Grado  11, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la  Embajada de Colombia ante el Gobierno de Indonesia.    

Que en el artículo 2º del mencionado Decreto,  por error involuntario se señaló que la doctora Claudia Liliana López Garzón, ejercería  las funciones de Encargado de Funciones Consulares en la Embajada Colombia ante  el Gobierno de Indonesia.    

Que quien ejerce las Funciones de Encargado  de Funciones Consulares en la Embajada Colombia ante el Gobierno de Indonesia,  es la doctora Ana Laura Acosta, quien desempeña el cargo de Primer Secretario  de Relaciones Exteriores.    

Que mediante oficio del 7 de abril de 2015,  la doctora Claudia Liliana López Garzón autorizó la modificación del Decreto  0252 del 25 de marzo de 2015.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Modificar el Decreto  0525 del 25 de marzo de 2015, el cual quedará así:    

“Artículo 1º. Nómbrase  provisionalmente a la doctora Claudia Liliana López Garzón, identificada con la  cédula de ciudadanía número 35423269, en el cargo de Consejero de Relaciones  Exteriores, Código 1012, Grado 11, de la planta global del Ministerio de  Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de  Indonesia.    

Artículo 2°. Las erogaciones que  ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los  presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio”.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 21 de abril de  2015.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

La Ministra de Relaciones Exteriores,    

María Ángela  Holguín Cuéllar.    

               

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