DECRETO 788 DE 2015
(abril 21)
D.O. 49.489, abril 21 de 2015
por el cual se establece la planta de personal de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, (ANSV) y se dictan otras disposiciones.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 54 literal n y 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 1702 del 27 de diciembre de 2013 creó la Unidad Administrativa Especial denominada Agencia Nacional de Seguridad Vial, (ANSV), como entidad descentralizada, del orden nacional, que forma parte de la rama ejecutiva, con personería jurídica autonomía administrativa, financiera y patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Transporte.
Que en el artículo 15 del Decreto 0787 de 2015, por el cual se establecen las funciones de la estructura interna de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, (ANSV), se dispuso que el Gobierno Nacional adoptara la planta de personal de la entidad.
Que se presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto–ley 019 de 2012 y los artículos 95, 96 y 97 del Decreto número 1227 de 2005, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Que para los fines de este Decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó la viabilidad presupuestal para efectos de establecer la planta de personal de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, (ANSV).
DECRETA:
Artículo 1°. Las funciones propias de las diferentes dependencias de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, (ANSV) serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación:
Número de Cargos
Denominación del Cargo
Código
Grado
Despacho del Director
1
(Uno)
Director General
0015
28
2
(Dos)
Asesor
1020
18
9
(Nueve)
Asesor
1020
16
1
(Uno)
Asesor
1020
14
2
(Dos)
Asesor
1020
05
1
(Uno)
Asesor
1020
01
1
(Uno)
Secretario Ejecutivo
4210
24
1
(Uno)
Conductor Mecánico
4103
20
Planta Global
Número de Cargos
Denominación del Cargo
Código
Grado
1
(Uno)
Secretario General
0037
24
4
(Cuatro)
Director Técnico
0100
24
1
(Uno)
Jefe de Oficina Asesora Jurídica
1045
16
1
(Uno)
Jefe de Oficina Asesora de Planeación
1045
16
1
(Uno)
Jefe de Oficina Asesora de Comunicaciones
1045
16
9
(Nueve)
Profesional Especializado
2028
24
4
(Cuatro)
Profesional Especializado
2028
22
14
(Catorce)
Profesional Especializado
2028
20
24
(Veinticuatro )
Profesional Especializado
2028
16
1
(Uno)
Profesional Universitario
2044
11
16
(Dieciséis)
Técnico Administrativo
3124
16
8
(Ocho)
Secretario Ejecutivo
4210
22
6
(Seis)
Auxiliar Administrativo
4044
19
6
(Seis)
Conductor Mecánico
4103
20
Artículo 2°. El Director General de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, (ANSV) distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 1° del presente decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad.
Artículo 3°. El Director General de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, (ANSV) proveerá los empleos creados en el presente decreto, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y conforme a las apropiaciones presupuestales.
Artículo 4°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase,
Dado en Bogotá, D.C., a 21 de abril de 2015.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.
La Ministra de Transporte,
Natalia Abello Vives.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Liliana Caballero Durán.