DECRETO 730 DE 2014

Decretos 2014

DECRETO 730 DE 2014

 (abril 10)

D.O. 49.119, abril 10 de 2014

por el cual se revoca el nombramiento de un Registrador de Instrumentos Públicos designado en propiedad, en el Círculo de Florencia, Caquetá.

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el literal e) del artículo 45 del Decreto 1950 de 1973, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 75 de la Ley 1579 de 2012 dispone que el nombramiento de los Registradores de Instrumentos Públicos en propiedad se hará mediante concurso de méritos.

Que por Acuerdo 001 de 2013 el Consejo Superior de la Carrera Registral convocó a Concurso de méritos para la provisión de los cargos de Registradores de Instrumentos Públicos principales y seccionales e ingresó a la carrera registral, de la totalidad de regiones registrales del territorio nacional y fijó las bases del concurso de méritos.

Que una vez surtido el proceso concursal el referido Consejo, mediante Acuerdo 15 del 9 de diciembre de 2013 conformó la lista definitiva de elegibles, en la cual se relaciona al doctor Gilberto Jaramillo Arango, identificado con la cédula de ciudadanía número 16214709 de Cartago, Valle.

Que en el Acuerdo 014 de 21 de noviembre de 2013, se estableció la celebración de una audiencia pública para la Provisión de Cargos de Registradores de Instrumentos Públicos en Propiedad e Ingreso a la Carrera Registral.

Que de acuerdo al acta de la audiencia pública, celebrada el 18 de diciembre de 2013 en la ciudad de Bogotá, D. C., el doctor Gilberto Jaramillo Arango, previo el agotamiento del orden de elegibilidad, manifestó de manera clara e inequívoca su voluntad de ser designado como Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Florencia, Caquetá, Código 0191, Grado 19.

Que de acuerdo a la función establecida en el parágrafo 1° del artículo 75 de la Ley 1579 de 2012, el Gobierno Nacional mediante el Decreto 235 de 12 de febrero de 2014, y de conformidad a la lista de elegibles, designó al doctor Gilberto Jaramillo Arango, identificado con la cédula de ciudadanía número 16214709 de Cartago, Valle, como Registrador Principal de Instrumentos Públicos en propiedad en el Círculo de Florencia, Caquetá.

Que el inciso primero del artículo 46 de la Ley 1950 de 1973, establece que dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de aceptación de un empleo, la persona designada deberá tomar posesión.

Que mediante comunicación de fecha 3 de marzo de 2014, dirigida al Superintendente de Notariado y Registro, el doctor Gilberto Jaramillo Arango no aceptó la designación que mediante Decreto 235 del 12 de febrero de 2014, se le hiciera como Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Florencia, Caquetá.

Que el literal e) del artículo 45 de la Ley 1950 de 1973 establece que “La autoridad podrá o deberá, según el caso, modificar, aclarar, sustituir, revocar o derogar una designación en cualesquiera de las siguientes circunstancias:

e) Cuando la persona designada ha manifestado que no acepta…”

Que de conformidad con lo anterior, el nombramiento efectuado al doctor Gilberto Jaramillo Arango, debe revocarse en los términos del literal e) del artículo 45 de la Ley 1950 de 1973.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°. Revocatoria. Revocase el nombramiento efectuado mediante el Decreto 235 de 12 de febrero de 2014, al doctor Gilberto Jaramillo Arango, identificado con cédula de ciudadanía número 16214709 de Cartago, Valle, como Registrador Principal de instrumentos Públicos en propiedad del Círculo de Florencia, Caquetá, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente decreto.

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 10 abril de 2014.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Justicia y del Derecho,

Alfonso Gómez Méndez.

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