DECRETO 723 DE 2015

Decretos 2015

DECRETO 723 DE 2015     

(abril 17)    

D.O.  49.485, abril 17 de 2015    

por el cual se  prorroga el plazo establecido en el artículo 20 del Decreto  Reglamentario número 0272 de 2015, para la entrega de los procesos de cobro  coactivo por el Ministerio de Justicia y del Derecho al Consejo Superior de la  Judicatura.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales que le confieren el numeral 11  del artículo 189 de la Constitución Política y  en desarrollo de los dispuesto en la Ley 1743 de 2014, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto  número 0272 de 17 de febrero de 2015 se reglamentó la Ley 1743 de 2014 y  los procedimientos necesarios para el recaudo y la ejecución de los recursos  que integran el Fondo para la Modernización, Descongestión y Bienestar de la  Administración de Justicia;    

Que en el artículo 20 del Decreto  Reglamentario número 0272 de 2015 se señaló que:    

“Todos los  procesos de cobro coactivo que estén siendo adelantados por el Ministerio de  Justicia y del Derecho, y que versen sobre multas impuestas en procesos  judiciales con ocasión de la comisión de delitos por infracción al Estatuto  Nacional de Estupefacientes, serán transferidos al Consejo Superior de la  Judicatura dentro de los dos (2) meses siguientes a la entrada en vigencia del  presente decreto”;    

Que mediante escrito del 13 de marzo del  2015 y radicado en el Ministerio de Justicia y del Derecho el 27 de marzo del  mismo año, la Directora Ejecutiva de Administración Judicial del Consejo  Superior de la Judicatura solicitó consensuar un plazo adicional y prudente  para la entrega y recepción de los expedientes atendiendo la complejidad y volumen  de los mismos;    

Que evaluados los argumentos expuestos en la  solicitud presentada por la Directora Ejecutiva de Administración Judicial del  Consejo Superior de la Judicatura, contenidos en el Oficio número DEAJ15-228  del 13 de marzo del 2015, radicado con el número EXT15- 0013778 en el  Ministerio de Justicia y del Derecho el 27 de marzo de 2015, y teniendo en  cuenta que a la fecha no han concluido los trámites y procedimientos para la entrega  de los respectivos procesos, dada la complejidad y las dificultades existentes  para adelantar el trámite, se considera necesaria la prórroga del plazo  establecido en el artículo 20 del Decreto número 0272 del 17 de febrero del  2015, con el fin de garantizar la correcta y confiable entrega y recepción de  los procesos;    

Que según el estudio realizado por el área  de archivo del Ministerio de Justicia y del Derecho, el término de la prórroga  debe ser de cuatro (4) meses, contados a partir de la fecha de vencimiento del  plazo establecido en el artículo 20 del Decreto número  0272 de 2015;    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Prórroga. Prorrogar el plazo establecido para culminar la  entrega de los procesos de cobro coactivo que versan sobre multas impuestas en  procesos judiciales con ocasión de la comisión de delitos por infracción al  Estatuto Nacional de Estupefacientes por parte del Ministerio de Justicia y del  Derecho al Consejo Superior de la Judicatura, por el término de cuatro (4)  meses, contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo establecido en el  artículo 20 del referido decreto.    

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación y modifica en lo pertinente el artículo 20 del Decreto número  0272 de 2015.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 17 de abril de  2015.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Justicia y del Derecho,    

Yesid Reyes Alvarado.    

               

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