DECRETO 613 DE 2015
(abril 7)
D.O. 49.475, abril 7 de 2015
por el cual se declara la cesación de funciones de un Cónsul Honorario y se suprime un Consulado Honorario.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto número 952 de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto número 713 del 18 de abril del 2000, se creó el Consulado Honorario de Colombia en Fukuoka, Japón; y se designó al señor Takashige Katsuno, como Cónsul Honorario de Colombia en esa ciudad;
Que mediante Memorando número EJPTK. 538/875/64 del 12 de marzo del 2015, el Embajador de Colombia en Japón, informó que el señor Takashige Katsuno, falleció e indica que el Consulado Honorario tuvo que ser cerrado;
Que de conformidad con el literal d) del artículo 27 del Decreto número 952 de 2014, los Cónsules Honorarios cesarán en sus funciones, “por incapacidad absoluta y permanente para el ejercicio de las funciones”;
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Declarar la cesación de funciones del señor Takashige Katsuno, quien se desempeñaba como Cónsul Honorario de Colombia en Fukuoka, Japón.
Artículo 2°. Suprimir el Consulado Honorario de Colombia en Fukuoka, Japón.
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 7 de abril de 2015.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
La Ministra de Relaciones Exteriores,
María Ángela Holguín Cuéllar.