DECRETO 478 DE 2014

Decretos 2014

DECRETO 478 DE 2014

(marzo 5)

D.O. 49.084, marzo 6 de 2014

 por el cual se dictan disposiciones para garantizar el normal desarrollo de las elecciones

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 189 numeral 11 de la Constitución Política y 2 del Decreto número 2241 de 1986, y 21 del Decreto número 415 de 2014,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 21 del Decreto número 415 de 2014, establece que el Gobierno Nacional designará delegados para realizar el seguimiento del proceso electoral, observar el comportamiento de los servidores públicos en relación con el proceso electoral, los organismos de control y vigilancia y las autoridades nacionales, departamentales y municipales; informar a las autoridades nacionales sobre el desarrollo del proceso electoral y transmitir a las autoridades competentes sus observaciones y recomendaciones, con ocasión de las elecciones del Congreso de la República y Parlamento Andino que se realizarán el 9 de marzo de 2014.

DECRETA:

Artículo 1°. Coordinación. Delegar al doctor Aurelio Iragorri Valencia, Ministro del Interior, la Coordinación con los delegados del Gobierno Nacional en cada una de las entidades territoriales que se designan en el artículo siguiente, para la promoción del normal desarrollo de las elecciones y las garantías para el pleno ejercicio de los derechos de los ciudadanos en el territorio nacional.

Artículo 2°. Delegados. Para el cumplimiento de los propósitos señalados en el artículo 21 del Decreto número 415 de 2014, designase a los siguientes delegados en el Distrito Capital de Bogotá y cada uno de los Departamentos que se citan a continuación:

DEPARTAMENTO

DELEGADO PRESIDENCIAL

BOGOTÁ, D. C.

NATALIA GUTIÉRREZ JARAMILLO

Viceministra para la Participación e Igualdad de Derechos – Ministerio del Interior

AMAZONAS

FAIHAN ALFAYEZ CHALJUD

Alto Consejero de Asuntos Políticos

ANTIOQUIA

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA

Ministro de Hacienda y Crédito Público

ARAUCA

FRANCISCO JOSÉ LLOREDA MERA

Alto Consejero para la Convivencia Ciudadana.

ATLÁNTICO

DIEGO MOLANO VEGA

Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

BOLÍVAR

DAVID LUNA SÁNCHEZ

Alto Consejero para las Regiones y la Participación Ciudadana

BOYACÁ

RUBÉN DARÍO LIZARRALDE MONTOYA

Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural

CALDAS

LUIS GUILLERMO VÉLEZ CABRERA

Superintendente de Sociedades

CAQUETÁ

ALEJANDRO EDER GARCÉS

Director Agencia Colombiana para la Reintegración

CASANARE

RAFAEL MERCHÁN ÁLVAREZ

Secretario de Transparencia

CAUCA

MARIANA GARCÉS CÓRDOBA

Ministra de Cultura

CESAR

JORGE ENRIQUE VÉLEZ GARCÍA

Superintendente de Notariado y Registro

CÓRDOBA

LUIS FELIPE HENAO CARDONA

Ministro de Vivienda Ciudad y Territorio

CHOCÓ

NIGERIA RENTERÍA LOZANO

Alta Consejera para la Equidad de la Mujer

CUNDINAMARCA

ALFONSO GÓMEZ MÉNDEZ

Ministro de Justicia y del Derecho

GUAVIARE

BEATRIZ LINARES CANTILLO

Directora Agencia Nacional para la Superación de la Pobreza Extrema

GUAINÍA

NICOLÁS ESTUPIÑÁN ALVARADO

Viceministro de Transporte – Ministerio de Transporte

HUILA

MAURICIO PERFETTI DEL CORRAL

Director del Departamento Administrativo Nacional de Estadística

LA GUAJIRA

PABLO FELIPE ROBLEDO DEL CASTILLO

Superintendente de Industria y Comercio

MAGDALENA

ALEJANDRO GAVIRIA URIBE

Ministro de Salud y de la Protección Social

META

ORLANDO CABRALES SEGOVIA

Viceministro de Energía – Ministerio de Minas y Energía

NARIÑO

JUAN CAMILO RESTREPO GÓMEZ

Viceministro de Relaciones Políticas – Ministerio del Interior

NORTE DE SANTANDER

ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR

Directora Departamento Administrativo de la Función Pública

PUTUMAYO

LUIS FERNANDO ARBOLEDA GONZÁLEZ

Presidente de la Financiera de Desarrollo Territorial

QUINDÍO

MARÍA FERNANDA CAMPO SAAVEDRA

Ministra de Educación

RISARALDA

GABRIEL VALLEJO LÓPEZ

Director Departamento para la Protección Social

SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA y SANTA CATALINA

ANÍBAL FERNÁNDEZ DE SOTO

Viceministro de Desarrollo Rural – Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

SANTANDER

LUZ HELENA SARMIENTO VILLAMIZAR

Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible

SUCRE

DIANA QUINTERO CUELLO

Viceministra para la Estrategia y la Planeación –

Ministerio de Defensa Nacional

TOLIMA

SANTIAGO ROJAS ARROYO

Ministro de Comercio Industria y Comercio

VALLE

RAFAEL PARDO RUEDA

Ministro de Trabajo

VAUPÉS

HERNÁN MIGUEL ROMÁN CALDERÓN

Viceministro de Asuntos Agropecuarios – Ministerio de

Agricultura y Desarrollo Rural

VICHADA

MARCO AURELIO ZULUAGA GIRALDO

Director Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

Artículo 3°. Informes y viáticos. Los delegados designados deberán rendir informe de las gestiones realizadas, así mismo, los gastos que ocasione el desplazamiento de los anteriores funcionarios se harán con cargo al presupuesto de sus respectivas entidades.

Artículo 4°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 5 de marzo de 2014.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro del Interior,

 Aurelio Iragorri Valencia.

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