DECRETO 465 DE 2015
(marzo 17)
D.O. 49.456, marzo 17 de 2015
por el cual se corrige un yerro en el Decreto número 0273 del 17 de febrero de 2015.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 45 de la ley 1437 de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que con Decreto número 0273 de 17 de febrero de 2015 se realizó un nombramiento en interinidad en la Notaría Tercera del Círculo Facatativá, Cundinamarca.
Que en el Considerando 11 de la parte considerativa y en el artículo 2° del Decreto número 0273 de 17 de febrero de 2015, por un error involuntario, se escribió que los apellidos del doctor Luis Eduardo, eran Galindo Castro, siendo Castro Galindo los correctos.
Que el artículo 45 de le Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, establece que: “En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”.
Que en consecuencia, en virtud de que no queda duda alguna sobre la intención del Gobierno nacional como nominador de los notarios de primera categoría, los yerros mencionados deben ser corregidos.
En mérito de lo expuesto.
DECRETA:
Artículo 1°. Corríjase el Considerando 11 del Decreto número 0273 del 17 de febrero de 2015, el cual quedará así:
“Que de acuerdo con lo anterior, el Director de Gestión Notarial de la Superintendencia de Notariado y Registro, mediante documento de 27 de enero de 2015 informó que: “(…) con fundamento en las facultades otorgadas por el numeral 4 del artículo 27 del Decreto número 2163 de 2011 y con fundamento en lo establecido en el artículo 2° Decreto número 2874 de 1994, emite concepto favorable para la designación de notario, una vez revisada la documentación aportada por el doctor Luis Eduardo Castro Galindo, identificado con la cédula de ciudadanía número 19310934, respecto de la cual se establece que el citado profesional cumple con las calidades exigidas por la ley para el ejercicio de la función notarial en círculos de primera categoría, en interinidad””.
Artículo 2°. Corríjase el artículo 2° del Decreto número 0273 del 17 de febrero de 2015, el cual quedará así:
“Artículo 2°. Nombramiento en interinidad. Nómbrase en interinidad al doctor Luis Eduardo Castro Galindo, identificado con la cédula de ciudadanía número 19.310.934, como Notario Tercero (3) del Círculo de Facatativá, Cundinamarca”.
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto número 0273 de 17 de febrero de 2015.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 17 marzo de 2015.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Yesid Reyes Alvarado.