DECRETO 459 DE 2015
(marzo 17)
D.O. 49.456, marzo 17 de 2015
por el cual se otorga el Premio Colombiano a la Innovación Empresarial para las Mipymes año 2014.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 1286 de 2009, en concordancia con los Decretos número 1780 de 2003, 734 de 2004, 4490 de 2006 y 1448 de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 17 de la Ley 1286 de enero 23 de 2009, establece dentro de los objetivos del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Sncti), que se debe propiciar la generación y uso del conocimiento, a través del desarrollo científico, tecnológico y la innovación, como actividades esenciales para darle valor agregado a nuestros recursos, crear nuevas empresas, basadas en investigación, desarrollo tecnológico e innovación, alcanzar mayores y sostenidas tasas de crecimiento económico, acumulación y distribución de riqueza, con el objeto de mejorar los niveles de calidad de vida de los ciudadanos.
Que mediante el Decreto número 1780 de 2003 modificado por el Decreto número 4490 de 2006 y el Decreto número 1448 de 2014, se crea el “Premio Colombiano a la Innovación Empresarial para las Mipymes”, como estímulo a la investigación aplicada, creatividad, diseño, e innovación empresarial.
Que en su sesión del 18 de diciembre de 2014, el Comité Técnico del Premio, establecido mediante el Decreto número 734 de 2004, determinó como finalistas a las siguientes empresas:
Categoría Innovación en Producto: AMG de Colombia Limitada, identificada con Nit. 830015617-0 de Bogotá, D. C.; Industrias Acuña Limitada identificada con Nit. 804016740-9 de Bucaramanga (Santander); ESSI Electricidad y Servicios Industriales S.A.S. identificada con Nit. 804005810-9 de Girón (Santander); Dado Diseño para Todos Ltda., identificada con Nit 900197978-8 de Bogotá, D. C.
Categoría Innovación en Servicios: GESTIÓN Y SERVICIOS AMBIENTALES S.A.S. identificada con Nit. 811023331-4 de Medellín (Antioquia).
Reconocimiento de Mentalidad y Cultura: AMG de Colombia Limitada, identificada con Nit. 830015617-0 de Bogotá, D. C.; Industrias Acuña Limitada identificada con Nit. 804016740- 9 de Bucaramanga (Santander); ESSI Electricidad y Servicios Industriales S.A.S. identificada con Nit. 804005810-9 de Girón (Santander); Dado Diseño para Todos Ltda., identificada con Nit. 900197978-8 de Bogotá, D. C. Gestión y Servicios Ambientales S.A.S., identificada con Nit. 811023331-4 de Medellín (Antioquia).
Que el Comité Técnico y el Jurado del Premio Colombiano a la Innovación Empresarial para las Mipymes, año 2014, de conformidad con la Resolución número 1021 de 2004 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo respectivamente, recomendaron declarar desiertas las categorías de Innovación Comercial, Innovación Abierta, Innovación Social e Innovación en Servicios, por considerar que las innovaciones postuladas no presentaban el carácter innovador requerido para ser merecedoras del galardón.
Que en la Categoría Innovación en Procesos Productivos no se postuló ninguna empresa.
Que el mencionado Jurado ha propuesto como ganadoras a las siguientes empresas, por su destacado nivel de excelencia en el campo de la innovación empresarial y en especial, por su cultura innovadora y su contribución al cierre de brechas tecnológicas y al mejoramiento de su productividad y de la competitividad en sus respectivos sectores.
Categoría Innovación en Producto: Industrias Acuña Limitada identificada con Nit. 804016740-9 de Bucaramanga (Santander).
Reconocimiento de “Mentalidad y Cultura”: ESSI Electricidad y Servicios Industriales S.A.S. identificada con Nit. 804005810-9 de Girón (Santander) empresa que dentro de su cultura organizacional demostró cómo la innovación ha generado una dinámica de crecimiento continuo tanto en la empresa, como en sus trabajadores y en su relación con el entorno.
Que en la Categoría Especial “Premio a la Innovación para el Crecimiento Empresarial Extraordinario”, dada la recomendación de declaración de desiertas de cinco categorías, no se presentaron las condiciones para otorgarlo, motivo por el cual el jurado recomendó declararla como desierta.
Que con base en las anteriores consideraciones.
DECRETA:
Artículo 1°. Reconocer y exaltar por su cultura innovadora, a las siguientes empresas, otorgándoles el Premio Colombiano a la Innovación Empresarial para las Mipymes del año 2014:
Categoría Innovación en Producto: Industrias Acuña Limitada identificada con Nit. 804016740-9 de Bucaramanga (Santander).
Reconocimiento de “Mentalidad y Cultura”: ESSI Electricidad y Servicios Industriales S.A.S. identificada con Nit. 804005810-9 de Girón (Santander).
Artículo 2°. Declarar desiertas las categorías de Innovación en Procesos Productivos, Innovación Comercial, Innovación Abierta, Innovación Social e Innovación en Servicios y la Categoría Especial, “Premio a la Innovación para el Crecimiento Empresarial Extraordinario”.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 17 de marzo de 2015.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
La Ministra de Comercio, Industria y Turismo,
Cecilia Álvarez-Correa Glen.