DECRETO 45 DE 2015
(enero 14)
D.O. 49.394, enero 14 de 2015
por el cual se revoca el nombramiento de un Registrador de Instrumentos Públicos designado en propiedad, y se efectúa un nombramiento en propiedad.
Nota: Modificado por el Decreto 436 de 2015.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el literal e) del artículo 45 del Decreto número 1950 de 1973, en concordancia con el parágrafo 1° del artículo 75 de la Ley 1579 de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto número 235 del 12 de febrero de 2014, se nombró en el cargo de Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Florencia, Caquetá, Código 0191 Grado 19, al doctor Gilberto Jaramillo Arango, identificado con la cédula de ciudadanía número 16214709 de Cartago, Valle del Cauca.
Que el literal e) del artículo 45 del Decreto Reglamentario número 1950 de 1973 establece que “La autoridad podrá o deberá, según el caso, modificar, aclarar, sustituir, revocar o derogar una designación en cualesquiera de las siguientes circunstancias:
e) Cuando la persona designada ha manifestado que no acepta…”.
Que según comunicación del 3 de marzo de 2014, el doctor Gilberto Jaramillo Arango, manifestó que por razones de índole personal no aceptaba el nombramiento a él efectuado como Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Florencia, Caquetá, Código 0191 Grado 19, para el cual fue nombrado por el Gobierno nacional, mediante el referido Decreto número 235 del 12 de febrero de 2014.
Que por Acuerdo 001 de 21 de febrero de 2013 el Consejo Superior de la Carrera Registral convocó a Concurso de Méritos para la provisión de los cargos de Registradores de Instrumentos Públicos principales y seccionales e ingreso a la carrera registral.
Que mediante Acuerdo 015 del 9 de diciembre de 2013 se conformó la lista de elegibles del concurso de méritos y se ordenó su publicación, la cual de conformidad con el artículo 33 del Acuerdo 01 de 21 de febrero de 2013 tiene una vigencia de dos años contados a partir de la fecha de publicación, es decir que para la fecha de expedición de este decreto, la lista se encuentra vigente.
Que en la lista definitiva de elegibles, se relaciona al doctor Alberto Arango Dávila, identificado con la cédula de ciudadanía número 10101068 de Pereira, Risaralda.
Que mediante Acuerdo 001 de 2014 se estableció el mecanismo para el agotamiento de las listas de elegibles y selección de oficinas vacantes, del Concurso de Méritos para la Provisión de Cargos de Registradores de Instrumentos Públicos en Propiedad e Ingreso a la Carrera Registral.
Que agotado el respectivo procedimiento, el Delegado para la Representación en Asuntos Judiciales y Administrativos del Consejo Superior de la Carrera Registral, mediante Oficio 2014-PPL-0016 del 25 de agosto de 2014, le manifestó al doctor Alberto Arango Dávila que podía acceder al cargo de Registrador Principal de Instrumentos Públicos de Florencia, Caquetá, en razón a que seguía en orden de elegibilidad.
Que mediante comunicación del 28 de agosto de 2014 el doctor Alberto Arango Dávila, identificado con la cédula de ciudadanía número 10101068 de Pereira, aceptó ser nombrado como Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Florencia, Caquetá, Código 0191 Grado 19.
Que mediante certificación del 5 de diciembre de 2014, el Delegado para la Representación en Asuntos Judiciales y Administrativos del Consejo Superior de la Carrera Registral, certificó que “Con fundamento en la lista de elegibles vigente, conformada por el Acuerdo 015 del 9 de diciembre de 2013, expedido por el Consejo Superior de la Carrera Registral, el doctor Alberto Arango Dávila, identificado con la cédula de ciudadanía número 10101068, en su calidad de aspirante a ser designado Registrador de Instrumentos Públicos, es quien debe ser nombrado en propiedad como Registrador Principal de Instrumentos Públicos de Florencia, Caquetá, conforme al puntaje obtenido de ochenta y dos punto trescientos ochenta y ocho puntos (82,388), ocupando el puesto número cuarenta y siete (47) de la lista, dentro del concurso público y abierto…”.
Que la Directora Administrativa de la Superintendencia de Notariado y Registro, mediante constancia del 5 de diciembre de 2014, certificó que el doctor Alberto Arango Dávila, no se encuentra en circunstancias que le impidan el ejercicio del cargo de Registrador Principal de Instrumentos Públicos, y que reúne los requisitos exigidos en los artículos 76 y 77 de la Ley 1579 de 2012 para el desempeño de dicho cargo.
Que de conformidad con lo anterior, el nombramiento efectuado al doctor Gilberto Jaramillo Arango, debe revocarse en los términos del literal e) del artículo 45 del Decreto Reglamentario número 1950 de 1973 y de igual manera debe efectuarse el nombramiento de quien por orden de elegibilidad tiene el derecho de ser nombrado.
En mérito de lo expuesto.
DECRETA:
Artículo 1°. Revocatoria del nombramiento. Revócase el nombramiento efectuado mediante el Decreto número 235 del 12 de febrero de 2014, al doctor Gilberto Jaramillo Arango, identificado con la cédula de ciudadanía número 16214709 de Cartago (Valle) como Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Florencia, Caquetá, Código 0191, Grado 19, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este decreto.
Artículo 2°. Nombramiento. Nómbrase en propiedad al doctor Alberto Arango Dávila, identificado con la cédula de ciudadanía número 10101068 de Pereira, como Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Florencia, Caquetá, Código 0191, Grado 19.
Artículo 3°. Acreditación de documentos para tomar posesión del cargo. Para tomar posesión del cargo, el designado deberá acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro, la documentación de ley.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 14 de enero de 2015.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Yesid Reyes Alvarado.