DECRETO 420 DE 2016
(marzo 7)
D.O. 49.808, marzo 7 de 2016
por la cual se establecen unas equivalencias de empleos.
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,
CONSIDERANDO:
Que mediante los Decreto 2363 y 2364 de 2015, se crearon la Agencia Nacional de Tierras (ANT) y la Agencia de Desarrollo Rural (ADR); respectivamente, como entidades del sector descentralizado, adscritas al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, las cuales se regirán en materia de nomenclatura y remuneración por lo establecido en el Decreto 508 de 2012 y por las normas que lo modifiquen o adicionen, aplicable a las Agencias del Estado.
Que como consecuencia de la creación de las agencias, mediante el Decreto 2365 de 2015 se suprimió el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder).
Que en desarrollo de las facultades constitucionales y legales, el Gobierno nacional adoptó las plantas de personal de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) y la Agencia de Desarrollo Rural (ADR), y señaló que en los empleos que se crearon para el desarrollo de las funciones de estas entidades, en primer lugar, deberán ser provistos a través de la incorporación de los servidores del Incoder en liquidación, cuyos cargos sean suprimidos y cumplan con los requisitos y competencias establecidos para el desarrollo de los mismos.
Que para efectos de la incorporación directa de los servidores del Incoder en liquidación en los cargos creados en las plantas de personal de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) y la Agencia de Desarrollo Rural (ADR), se hace necesario establecer las siguientes equivalencias entre la nomenclatura y la clasificación de los empleos del Incoder, y la fijada en el sistema general de nomenclatura y clasificación de empleos aplicable a la Agencias.
Que en virtud de lo anterior,
DECRETA:
Artículo 1º. Establézcanse las siguientes equivalencias entre la nomenclatura y clasificación de empleos del Incoder y la nomenclatura y clasificación de empleos aplicable a la Agencia Nacional de Tierras (ANT) y la Agencia de Desarrollo Rural (ADR), así:
Situación Anterior Sistema General de Nomenclatura y Clasificación de Empleos
Situación Nueva Empleos Agencias
DENOMINACIÓN
CÓDIGO
GRADO
DENOMINACIÓN
CÓDIGO
GRADO
Profesional Especializado
2028
13
Gestor
T1
08
Profesional Especializado
2028
14
Gestor
T1
08
Profesional Especializado
2028
15
Gestor
T1
09
Profesional Especializado
2028
16
Gestor
T1
10
Profesional Especializado
2028
17
Gestor
T1
10
Profesional Especializado
2028
18
Gestor
T1
11
Profesional Especializado
2028
24
Gestor
T1
17
Profesional Universitario
2044
10
Analista
T2
06
Profesional Universitario
2044
11
Analista
T2
06
Técnico Administrativo
3124
17
Técnico Asistencial
O1
12
Artículo 2º. Los servidores del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder) en liquidación, a quienes se les suprima el empleo y cuya incorporación se ordene en los empleos creados en las plantas de personal de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) y la Agencia de Desarrollo Rural (ADR), serán incorporados con estricta sujeción a las equivalencias establecidas en el artículo primero del presente decreto, sin que se les exijan requisitos adicionales a los acreditados en el momento de su posesión del cargo del cual eran titulares. La aplicación de estas equivalencias no conlleva la pérdida de los derechos de carrera para quien los acredite.
Artículo 3º. Los servidores del Incoder en liquidación incorporados en la Agencia Nacional de Tierras (ANT) y la Agencia de Desarrollo Rural (ADR), conservarán los beneficios prestacionales que venían percibiendo.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 7 de marzo de 2016.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Andrés Escobar Arango.
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,
Aurelio Iragorri Valencia.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Liliana Caballero Durán.