DECRETO 409 DE 2015
(marzo 9)
D.O. 49.449, marzo 10 de 2015
por el cual se realiza un nombramiento provisional en la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Nota: Modificado por el Decreto 792 de 2015.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política y el Decreto ley 274 de 2000,
DECRETA:
Artículo 1°. Modificado por el Decreto 792 de 2015, artículo 1º. Nómbrase provisionalmente al doctor Camilo Ramírez Isaza, identificado con la cédula de ciudadanía número 1040180537, en el cargo de Segundo Secretario de Relaciones Exteriores, Código 2114, Grado 15, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno del Estado de los Emiratos Árabes Unidos.
Texto inicial del artículo 1º: “Nómbrase provisionalmente al doctor Camilo Ramírez Isaza, identificado con la cédula de ciudadanía número 1040180537, en el cargo de Segundo Secretario de Relaciones Exteriores, Código 2114, Grado 15, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos.”.
Artículo 2°. Modificado por el Decreto 792 de 2015, artículo 2º. De acuerdo con el parágrafo 3° del artículo 62 del Decreto ley 274 de 2000, el doctor Camilo Ramírez Isaza, no tendrá derecho a la asignación que por concepto de viáticos, menaje y pasajes aéreos se reconoce a los funcionarios que son designados en la planta externa, toda vez que en la actualidad se encuentra prestando sus servicios en la Embajada de Colombia ante el Gobierno del Estado de los Emiratos Árabes Unidos.
Texto inicial del artículo 2º: “El doctor Camilo Ramírez Isaza, ejercerá las funciones de Encargado de Funciones Consulares en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos.”.
Artículo 3°. De acuerdo con el parágrafo tercero del artículo 62 del Decreto ley 274 de 2000, el doctor Camilo Ramírez Isaza, no tendrá derecho a la asignación que por concepto de viáticos, menaje y pasajes aéreos se reconoce a los funcionarios que son designados en la planta externa, toda vez que en la actualidad se encuentra prestando sus servicios en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá D. C., a 9 de marzo de 2015.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
La Ministra de Relaciones Exteriores,
María Ángela Holguín Cuéllar.