DECRETO 38 DE 2017

Decretos 2017

DECRETO 038 DE 2017     

(enero 12)    

D.O. 50.114, enero 12 de 2017    

por el cual se  efectúa el nombramiento de un notario en propiedad.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las  conferidas por los artículos 131 de la Constitución Política,  2° y 3° de la Ley 588 de 2000, 161  del Decreto ley 960 de  1970 y 5° del Decreto ley 2163  de 1970, y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 131 de la Constitución Política  dispone que el nombramiento de los notarios en propiedad se hará mediante  concurso.    

Que el artículo 169 del Decreto ley 960 de  1970 establece que los concursos tienen por objeto la selección de  candidatos para cargos no desempeñados en propiedad por notarios pertenecientes  a la carrera.    

Que mediante Acuerdo número 001 del 9 de  abril de 2015, modificado por los Acuerdos números 003 del 28 de abril de 2015,  005 del 15 de septiembre de 2015, 025 del 27 de junio de 2016, 028 del 21 de  julio de 2016 y 029 del 22 de agosto de 2016, del Consejo Superior de la  Carrera Notarial, se “…convoca, se  fijan las bases y el cronograma del concurso de méritos público y abierto para  el nombramiento de notarios en propiedad e ingreso a la Carrera Notarial”.    

Que en los artículos 2.2.6.5.1. a 2.2.6.5.13  del Decreto  número 1069 del 26 de mayo de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector  Justicia y del Derecho, se compiló el Decreto número  3454 de 2006, Reglamentario de la Ley 588 de 2000 que  regula el ejercicio de la actividad notarial, y en su artículo 2.2.6.5.11  señala que la lista de elegibles estará integrada por quienes hayan obtenido  más de sesenta (60) puntos en el proceso, lo anterior quedó establecido en el  artículo 28 del Acuerdo número 001 de 2015, así: “El puntaje final de los aspirantes será el que resulte de la suma de  las calificaciones obtenidas en las distintas fases del concurso debidamente  superadas. La lista de elegibles estará integrada en estricto orden descendente  por quienes hayan obtenido sesenta (60) puntos o más, de la máxima calificación  posible.    

Que el 29 de junio de 2016, una vez agotadas  todas las etapas del concurso, el Consejo Superior de la Carrera Notarial  profirió el Acuerdo número 026, por el  cual se aprueba la lista definitiva de elegibles en el Concurso de Méritos  Público y Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la  Carrera Notarial, y se ordena su publicación, la cual se llevó a cabo el  día 3 de julio del año en curso en el diario de amplia circulación nacional “El Nuevo Siglo”.    

Que el Consejo Superior de la Carrera Notarial mediante el  Acuerdo número 027 del 29 de junio de 2016 estableció el procedimiento para el  agotamiento de la lista de elegibles y selección de notarías vacantes, para el  Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial y en su  artículo 1° indicó que “El Consejo  Superior de la Carrera Notarial o quien debidamente lo represente, informará a  cada uno de los aspirantes en estricto orden descendente de puntaje, para cada  notaría y por categoría inscrita, sobre las vacantes a la fecha de la  comunicación. De esta manera se requerirá a cada aspirante con el fin de que manifieste  su intención o voluntad de nombramiento en alguna de las notarías vacantes de  acuerdo con su inscripción.    

Que la señora Paulina Gómez González,  identificada con cédula de ciudadanía número 43751185 de Envigado, obtuvo para  notarías de primera categoría setenta y nueve punto seiscientos ochenta  (79.680) puntos, ocupando el puesto número veintinueve (29) de la lista de  elegibles, dentro del Concurso de Méritos Público y Abierto para el  Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial, tal como  consta en la certificación de 21 de diciembre de 2016, suscrita por el  secretario técnico del Consejo Superior.    

Que dando cumplimiento al Acuerdo número 027  de 2016 y en atención al puntaje que obtuvo en el Concurso de Méritos Público y  Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera  Notarial, mediante los Oficios números 2016-092 del 23 de septiembre y 2016-125  del 13 de octubre de 2016, el secretario técnico del Consejo Superior informó a  la señora Paulina Gómez González, por cada notaría y categoría inscrita, las  vacantes a la fecha de la primera comunicación y manifestación de intención de  nombramiento, entre las cuales se encontraba la notaría treinta y uno (31) del  Círculo Notarial de Medellín, Antioquia.    

Que a su vez el artículo 2° del Acuerdo  número 027 de 2016 señala que “una vez  notificada la postulación sobre las notarías vacantes según lo inscrito y el  puesto ocupado en cada caso, el aspirante contará con un término de cinco (5)  días hábiles para manifestar su intención o voluntad de nombramiento, en alguna  de las notarías vacantes correspondientes estrictamente con las que haya  inscrito. Vencido el anterior término, se entenderá desierto el interés sobre  las notarías postuladas en la comunicación, y se continuará con el siguiente  aspirante”.    

Que en tal sentido, la señora Paulina Gómez  González, mediante comunicación de fecha 28 de septiembre de 2016, manifestó su  intención de ser nombrada en la Notaría Treinta y Uno (31) del Círculo Notarial  de Medellín, Antioquia.    

Que mediante certificación del 21 de  diciembre de 2016, el secretario técnico del Consejo Superior, informó que “con fundamento en la lista de elegibles  conformada por el Acuerdo 026 del 29 de junio de 2016, publicado el 3 de julio  del mismo año en el diario El Nuevo Siglo, la doctora Paulina Gómez González  identificada con cédula de ciudadanía número 43751185, en su calidad de  aspirante a ser designada en la Notaría Treinta y Uno (31) del Círculo Notarial  de Medellín, Antioquia, y que le fue postulada mediante Oficio número 2016-092  de fecha 23 de septiembre de 2016, es quien debe ser nombrada en propiedad como  Notaria Treinta y Uno (31) del círculo de Medellín, Antioquia, conforme a la  calificación obtenida de setenta y nueve punto seiscientos ochenta (79.680)  puntos, ocupando el puesto número veintinueve (29) de la lista, dentro del  Concurso de Méritos Público y Abierto para el Nombramiento de Notarios en  Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial, el cual fue convocado mediante Acuerdo  001 del 9 de abril de 2015”.    

Que la designación de notarios de primera  categoría es competencia del Gobierno nacional.    

Que de conformidad con el inciso 3 del  artículo 28 del Acuerdo número 001 del 9 de abril de 2015, la lista de  elegibles tiene una vigencia de dos (2) años contados a partir de la fecha de  su publicación en un diario de amplia circulación nacional, es decir que a la  fecha de expedición de este decreto, la lista se encuentra vigente.    

Que la señora Paulina Gómez González  identificada con cédula de ciudadanía número 43751185 de Envigado, ejerce el  cargo de Notaria Única en Propiedad del Círculo Notarial de El Santuario,  Antioquia, nombrada mediante el Decreto  número 0687 de 8 de marzo de 2012 expedido por la Gobernación del  departamento de Antioquia.    

Que el artículo 150 del Decreto ley 960 de  1970 establece que “El Notario no  podrá separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo  de ellas quien deba remplazarlo”.    

En mérito de lo expuesto.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Nombramiento en propiedad. Nómbrase en Propiedad a la señora  Paulina Gómez González, identificada con la cédula de ciudadanía número  43751185 de Envigado, como Notaria Treinta y Uno (31) del Círculo Notarial de  Medellín, Antioquia.    

Parágrafo 1°. La señora Paulina Gómez  González, no podrá separarse del desempeño de sus funciones en el cargo de  Notaria Única en Propiedad del Círculo Notarial de El Santuario, Antioquia,  mientras no se haya hecho cargo de ellas quien deba remplazarla.    

Artículo 2°. Acreditación de documentos para  tomar posesión del cargo. Para tomar posesión del cargo, la designada deberá  acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro, la documentación de  ley.    

Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase    

Dado en Bogotá, D. C., a 12 de enero de  2017.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Justicia y del Derecho,    

Jorge Eduardo  Londoño Ulloa.    

               

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