DECRETO 035 DE 2016
(enero 12)
D.O. 49.753, enero 12 de 2016
por el cual se da cumplimiento a una sanción disciplinaria impuesta al señor Germán Medina Triviño, en su condición de Gobernador del departamento del Caquetá.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 304 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 172 de la Ley 734 de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal de la Procuraduría General de la Nación, mediante fallo de primera instancia del 22 de diciembre de 2014, proferido dentro del proceso disciplinario radicado bajo el número IUS:2011-295485 – IUC: 2011-652-430500, adelantado en contra del señor Germán Medina Triviño, identificado con la cédula de ciudadanía número 17631547, en su condición de Gobernador del departamento del Caquetá, para el año 2011, impuso sanción disciplinaria consistente en la suspensión del ejercicio del cargo por un término de dos (2) meses.
Que la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, mediante providencia del 23 de septiembre de 2015, aprobada en Acta de Sala Extraordinaria número 33, dentro del Expediente número 161-6123, confirmó el fallo radicado bajo el número IUS:2011- 295485 – IUC: 2011-652-430500 del 22 diciembre de 2014, emitido por la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal de la Procuraduría General de la Nación, en el sentido de sancionar al señor Germán Medina Triviño, con suspensión del ejercicio del cargo por un término de dos (2) meses.
Que mediante oficio de salida número 195184 del 27 de noviembre de 2015, dirigido al Presidente de la República, la señora Emperatriz Flórez Barajas, en calidad de Secretaria de la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal de la Procuraduría General de la Nación, remitió copia de la providencia de primera instancia y constancia de ejecutoria.
Que mediante oficio de salida número 206898 del 16 de diciembre de 2015, dirigido a este Ministerio, la señora Emperatriz Flórez Barajas, en calidad de Secretaria de la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal de la Procuraduría General de la Nación, remitió copia de la providencia de segunda instancia proferida por la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, para que se haga efectiva la sanción impuesta al señor Germán Medina Triviño, en su condición de Gobernador del departamento del Caquetá.
Que según constancia secretarial del 6 de noviembre de 2015, suscrita por la Secretaria de la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal, la decisión cobró ejecutoria el día 23 de septiembre de 2015, bajo el entendido que los efectos jurídicos se surten a partir de la misma fecha.
Que en cumplimiento de lo ordenado por la Procuraduría General de la Nación, se hace necesario hacer efectiva la medida de suspensión del ejercicio del cargo por un término de dos (2) meses impuesta al señor Germán Medina Triviño, en su condición de Gobernador del departamento del Caquetá para el año 2011, convertida en salarios conforme a lo establecido por el artículo 46 de la Ley 734 de 2002.
DECRETA:
Artículo 1°. Sanción. Hacer efectiva la sanción disciplinaria consistente en suspensión del ejercicio del cargo por un término de dos (2) meses, impuesta al señor Germán Medina Triviño, identificado con la cédula de ciudadanía número 17631547, en su condición de Gobernador del departamento del Caquetá, para la época de los hechos (2011); sanción que para efectos de su ejecución ha sido convertida en salarios y, en consecuencia, el exmandatario deberá pagar la suma de catorce millones novecientos un mil cuatrocientos cuarenta y seis pesos ($14.901.446.00), en cumplimiento de lo ordenado por la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal de la Procuraduría General de la Nación, en providencia de fecha 22 de diciembre de 2014, proferida dentro del proceso disciplinario con radicado IUS:2011-295485 – IUC: 2011-652– 430500, confirmada por la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, en fallo del 23 de septiembre de 2015, dentro del Expediente número 161-6123 (IUS:2011-295485 – IUC: 2011-652-430500) de conformidad con lo señalado en la parte motiva del presente decreto.
Artículo 2°. Comunicación. Comunicar el contenido de este decreto al señor Germán Medina Triviño, a la Procuraduría General de la Nación y a la Gobernación del departamento del Caquetá, para que efectúe la sanción y realice las anotaciones en la hoja de vida.
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y contra él no procede recurso alguno.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 12 de enero de 2016.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro del Interior,
Juan Fernando Cristo Bustos.