DECRETO 336 DE 2014
(febrero 19)
D.O. 49.069, febrero 19 de 2014
por el cual se declara una insubsistencia y se efectúa un nombramiento en propiedad.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial la conferida en el parágrafo 1° del artículo 75 de la Ley 1579 de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que por Acuerdo número 001 de 2013 el Consejo Superior de la Carrera Registral convocó a Concurso de Méritos para la provisión de los cargos de Registradores de Instrumentos Públicos principales y seccionales e ingreso a la carrera registral, de la totalidad de regiones registrales del territorio nacional y fijó las bases del concurso de méritos;
Que una vez surtido el proceso concursal el referido Consejo, mediante Acuerdo número 15 del 9 de diciembre de 2013 conformó la lista definitiva de elegibles, en la cual se relacionó al doctor Rodolfo Machado Otálora, identificado con la cédula de ciudadanía número 92500497 de Sincelejo, Sucre;
Que en el Acuerdo número 014 de 21 de noviembre de 2013, se estableció la celebración de una audiencia pública para la Provisión de Cargos de Registradores de Instrumentos Públicos en Propiedad e Ingreso a la Carrera Registral;
Que de acuerdo al acta de la audiencia pública, celebrada el 18 de diciembre de 2013 en la ciudad de Bogotá, D. C., el doctor Rodolfo Machado Otálora, previo el agotamiento del orden de elegibilidad, manifestó de manera clara e inequívoca su voluntad de ser designado como Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Sincelejo, Sucre, Código 0191 Grado 19;
Que de acuerdo a lo establecido en el parágrafo 1° del artículo 75 de la Ley 1579 de 2012, corresponde al Gobierno Nacional nombrar a los Registradores Principales de Instrumentos Públicos;
Que el Coordinador del Grupo de Administración del Talento Humano de la Superintendencia de Notariado y Registro, mediante constancia del 18 de diciembre de 2013, certificó que el doctor Rodolfo Machado Otálora no se encuentra en circunstancias que le impidan el ejercicio del cargo de Registrador Principal de Instrumentos Públicos, y que reúne los requisitos exigidos en los artículos 76 y 77 de la Ley 1579 de 2012 para el desempeño de dicho cargo;
Que actualmente el cargo de Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Sincelejo, Sucre, Código 0191 Grado 19, es ejercido por el doctor Napoleón Álvarez López, identificado con la cédula de ciudadanía número 4021910 de Toluviejo, Sucre, según nombramiento en interinidad efectuado por el Gobierno Nacional mediante el Decreto número 4121 de 10 de diciembre de 2004, y que la provisión en propiedad que se efectúa en el presente decreto el referido nombramiento debe ser declarado insubsistente;
En mérito de lo expuesto.
DECRETA:
Artículo 1°. Declaratoria de insubsistencia. Declárase insubsistente el nombramiento en el cargo de Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Sincelejo, Sucre, efectuado mediante el Decreto número 4121 de 10 de diciembre de 2004 al doctor Napoleón Álvarez López, identificado con la cédula de ciudadanía número 4021910 de Toluviejo, Sucre.
Artículo 2°. Nombramiento. Nómbrase en propiedad al doctor Rodolfo Machado Otálora, identificado con la cédula de ciudadanía número 92500497 de Sincelejo, Sucre, como Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Sincelejo, Sucre, Código 0191, Grado 19.
Artículo 3°. Acreditación de documentos para tomar posesión del cargo. Para tomar posesión del cargo, el designado deberá acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro, la documentación de ley.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 19 de febrero de 2014.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Alfonso Gómez Méndez.