DECRETO 316 DE 2016

Decretos 2016

DECRETO 316 DE 2016    

(febrero  24)    

D.O. 49.796, febrero 24 de 2016    

por  el cual se hace un traslado a la planta externa del Ministerio de Relaciones  Exteriores.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales  y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2° del artículo 189 de la Constitución Política,  el parágrafo del artículo 37, el parágrafo 2° del artículo 39, y el artículo 62  del Decreto ley 274 de  2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que  el doctor Jorge Andrés Aranda Correa, funcionario inscrito en el escalafón de  la Carrera Diplomática y Consular en la categoría de Tercer Secretario, se  encuentra cumpliendo el lapso de alternación en la planta interna desde el 17  de marzo de 2014.    

Que  mediante Acta número 770 del 1º de febrero de 2016, la Comisión de Personal de  la Carrera Diplomática y Consular en ejercicio de la función que le asigna el  literal c) del artículo 73 del Decreto ley 274 de  2000, recomendó la alternación anticipada a la planta externa del Tercer  Secretario Jorge Andrés Aranda Correa.    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Trasládase a la  planta externa al doctor Jorge Andrés Aranda Correa, identificado con cédula de  ciudadanía número 9976727, al cargo de Tercer Secretario de Relaciones  Exteriores, Código 2116, Grado 11, de la planta global del Ministerio de  Relaciones Exteriores, adscrito al Consulado General de Colombia en  Antofagasta, Chile.    

El  doctor Jorge Andrés Aranda Correa es funcionario inscrito en el escalafón de la  Carrera Diplomática y Consular, en la categoría de Tercer Secretario.    

Artículo  2°. El doctor Jorge Andrés Aranda Correa, ejercerá funciones de Vicecónsul, en  el Consulado General de Colombia en Antofagasta, Chile.    

Artículo 3°. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento  del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de  Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.    

Artículo 4°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 24  de febrero de 2016.    

JUAN  MANUEL SANTOS CALDERÓN    

La Ministra de Relaciones  Exteriores,    

María  Ángela Holguín Cuéllar    

               

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