DECRETO 2724 DE 2014

Decretos 2014

DECRETO 2724 DE 2014

 (diciembre 29)

por el cual se modifica la planta de personal de la Superintendencia de Notariado y Registro y se dictan otras disposiciones.

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, en concordancia con los literales m) y n) del artículo 54 de Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Directivo de la Superintendencia de Notariado y Registro, en sesión del 1º de noviembre de 2012, según consta en el Acta número 6 decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la planta de personal de la entidad.

Que la Superintendencia de Notariado y Registro presentó ante el Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 modificado por el artículo 228 del Decreto ley 19 de 2012, para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable.

Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó viabilidad presupuestal.

DECRETA:

Artículo 1°. Suprímense los siguientes empleos de la planta de personal de la Superintendencia de Notariado y Registro:

 Número de cargos

 Denominación del empleo

 Código

 Grado

 Despacho del Superintendente

 1 (Uno)

 Superintendente

 0030

 25

 2 (Dos)

 Asesor

 1020

 14

 1 (Uno)

 Profesional Especializado

 2028

 17

 1 (Uno)

 Técnico Administrativo

 3124

 18

 1 (Uno)

 Secretario Ejecutivo

 4210

 24

 2 (Dos)

 Conductor Mecánico

 4103

 17

Despacho del Superintendente Delegado para el Registro de Instrumentos Públicos

 1 (Uno)

 Superintendente Delegado

 0110

 23

 Número de cargos

 Denominación del empleo

 Código

 Grado

 1 (Uno)

 Asesor

 1020

 11

Despacho del Superintendente Delegado para el Notariado

 1 (Uno)

 Superintendente Delegado

 0110

 23

 1 (Uno)

 Asesor

 1020

 11

 Planta Global

 1 (Uno)

 Secretario General

 0037

 23

 6 (Seis)

 Director de Superintendencia

 0105

 19

 3 (Tres)

 Jefe de Oficina

 0137

 18

 35 (Treinta y cinco)

 Registrador Principal

 0191

 19

 158 (Ciento cincuenta y ocho)

 Registrador Seccional

 0192

 07

 1 (Uno)

 Jefe de Oficina Asesora de Planeación

 1045

 12

 1 (Uno)

 Jefe de Oficina Asesora de Jurídica

 1045

 12

 6 (Seis)

 Registrador Delegado

 2152

 14

 3 (Tres)

 Profesional Especializado

 2028

 20

 7 (Siete)

 Profesional Especializado

 2028

 19

 4 (Cuatro)

 Profesional Especializado

 2028

 18

 34 (Treinta y cuatro)

 Profesional Especializado

 2028

 17

 30 (Treinta)

 Profesional Especializado

 2028

 14

 42 (Cuarenta y dos)

 Profesional Especializado

 2028

 12

 2 (Dos)

 Profesional Universitario

 2044

 11

 245 (Doscientos cuarenta y cinco)

 Profesional Universitario

 2044

 10

 32 (Treinta y dos)

 Profesional Universitario

 2044

 09

 15 (Quince)

 Profesional Universitario

 2044

 08

 3 (Tres)

 Profesional Universitario

 2044

 07

 7 (Siete)

 Profesional Universitario

 2044

 06

 3 (Tres)

 Profesional Universitario

 2044

 05

 7 (Siete)

 Profesional Universitario

 2044

 04

 21 (Veintiún)

 Profesional Universitario

 2044

 02

 135 (Ciento treinta y cinco)

 Profesional Universitario

 2044

 01

 26 (Veintiséis)

 Analista de Sistemas

 3003

 18

 12 (Doce)

 Técnico Administrativo

 3124

 18

 38 (Treinta y ocho)

 Técnico Administrativo

 3124

 16

 7 (Siete)

 Técnico Operativo

 3132

 16

 2 (Dos)

 Técnico Operativo

 3132

 15

 183 (Ciento ochenta y tres)

 Técnico Administrativo

 3124

 14

 20 (Veinte)

 Técnico Operativo

 3132

 14

 10 (Diez)

 Secretario Ejecutivo

 4210

 24

 3 (Tres)

 Secretario Ejecutivo

 4210

 22

 53 (Cincuenta y tres)

 Secretario Ejecutivo

 4210

 19

 197 (Ciento noventa y siete)

 Secretario Ejecutivo

 4210

 16

 90 (Noventa)

 Secretario Ejecutivo

 4210

 15

 9 (Nueve)

 Conductor Mecánico

 4103

 17

 1 (Uno)

 Auxiliar Administrativo

 4044

 23

 2 (Dos)

 Auxiliar Administrativo

 4044

 21

 4 (Cuatro)

 Auxiliar Administrativo

 4044

 20

 51 (Cincuenta y un)

 Auxiliar Administrativo

 4044

 18

 224 (Doscientos veinticuatro)

 Auxiliar Administrativo

 4044

 16

 253 (Doscientos cincuenta y tres)

 Auxiliar Administrativo

 4044

 14

 167 (Ciento sesenta y siete)

 Auxiliar Administrativo

 4044

 12

 173 (Ciento setenta y tres)

 Auxiliar Administrativo

 4044

 11

Artículo 2°. Las funciones propias de la Superintendencia de Notariado y Registro serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación:

 Número de cargos

 Denominación del empleo

 Código

 Grado

 Despacho del Superintendente

 1 (Uno)

Superintendente

 0030

 26

 2 (Dos)

Asesor

 1020

 14

 11 (Once)

Asesor

 1020

 11

 2 (Dos)

Secretario Ejecutivo

 4210

 24

 1 (Uno)

Auxiliar Administrativo

 4044

 18

 1 (Uno)

Conductor Mecánico

 4103

 17

Despacho del Superintendente Delegado para el Registro

 1 (Uno)

Superintendente Delegado

 0110

 23

 Despacho del Director Técnico de Registro

 1 (Uno)

Director Técnico

 0100

 23

Despacho del Superintendente Delegado para el Notariado

 1 (Uno)

Superintendente Delegado

 0110

 23

 Planta Global

 1 (Uno)

Secretario General

 0037

 23

 5 (Cinco)

Director Regional

 0042

 19

 5 (Cinco)

Director de Superintendencia

 0105

 20

 4 (Cuatro)

Jefe de Oficina

 0137

 20

 1 (Uno)

Subdirector

 0150

 20

 35 (Treinta y cinco)

Registrador Principal

 0191

 20

 160 (Ciento sesenta)

Registrador Seccional

 0192

 10

 1 (Uno)

Jefe de Oficina Asesora de Planeación

 1045

 15

 1 (Uno)

Jefe de Oficina Asesora de Jurídica

 1045

 15

 35 (Treinta y cinco)

Profesional Especializado

 2028

 22

 94 (Noventa y cuatro)

Profesional Especializado

 2028

 19

 98 (Noventa y ocho)

Profesional Especializado

 2028

 16

 65 (Sesenta y cinco)

Profesional Especializado

 2028

 14

 135 (Ciento treinta y cinco)

Profesional Especializado

 2028

 12

 325 (Trescientos veinticinco)

Profesional Universitario

 2044

 10

Número de cargos

 Denominación del empleo

Código

Grado

1 (Uno)

Profesional Universitario

2044

08

96 (Noventa y seis)

Profesional Universitario

2044

05

49 (Cuarenta y nueve)

Profesional Universitario

2044

01

54 (Cincuenta y cuatro)

Técnico Administrativo

3124

18

131 (Ciento treinta y uno)

Técnico Administrativo

3124

16

110 (Ciento diez)

Técnico Administrativo

3124

14

43 (Cuarenta y tres)

Técnico Operativo

3132

18

42 (Cuarenta y dos)

Técnico Operativo

3132

16

10 (Diez)

Técnico Operativo

3132

14

5 (Cinco)

Secretario Ejecutivo

4210

24

20 (Veinte)

Secretario Ejecutivo

4210

21

32 (Treinta y dos)

Secretario Ejecutivo

4210

19

24 (Veinticuatro)

Secretario Ejecutivo

4210

16

8 (Ocho)

Secretario Ejecutivo

4210

15

1 (Uno)

Auxiliar Administrativo

4044

21

195 (Ciento noventa y cinco)

Auxiliar Administrativo

4044

18

270 (Doscientos setenta)

Auxiliar Administrativo

4044

16

19 (Diecinueve)

Auxiliar Administrativo

4044

14

244 (Doscientos cuarenta y cuatro)

Auxiliar Administrativo

4044

13

6 (Seis)

Auxiliar Administrativo

4044

12

10 (Diez)

Auxiliar Administrativo

4044

11

9 (Nueve)

Conductor Mecánico)

4103

19

Artículo 3°. Empleos de carácter transitorio – Empleos a suprimir por requisitos de pensión. Los siguientes empleos de la planta establecida en el artículo 2° del presente decreto, que se encuentran desempeñados por empleados públicos de la Superintendencia de Notariado y Registro en condición de prepensionados, se mantendrán en la planta, mientras que tales servidores públicos conserven la condición que les otorga el supuesto de hecho que generó el beneficio, y extinguida la condición del beneficiario por circunstancias sobrevinientes, los empleos que se señalan a continuación se entenderán automáticamente suprimidos de la planta de la Superintendencia.

 Número de cargos

 Denominación del empleo

 Código

 Grado

 1 (Uno)

Secretario Ejecutivo

 4210

 24

 4 (Cuatro)

Secretario Ejecutivo

 4210

 19

 24 (Veinticuatro)

Secretario Ejecutivo

 4210

 16

 8 (Ocho)

Secretario Ejecutivo

 4210

 15

 1 (Uno)

Auxiliar Administrativo

 4044

 21

 4 (Cuatro)

Auxiliar Administrativo

 4044

 18

 20 (Veinte)

Auxiliar Administrativo

 4044

 16

 19 (Diecinueve)

Auxiliar Administrativo

 4044

 14

 6 (Seis)

Auxiliar Administrativo

 4044

 12

 10 (Diez)

Auxiliar Administrativo

 4044

 11

Artículo 4°. Distribución de los empleos. El Superintendente de Notariado y Registro distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el presente decreto mediante acto administrativo y ubicará el personal, teniendo en cuenta la estructura, las necesidades del servicio, los planes y los programas trazados por la entidad.

Artículo 5°. Incorporación a la planta de personal. La incorporación de los funcionarios a la planta de personal que se establece en el artículo segundo del presente decreto, se efectuará dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de su publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1227 de 2005 y demás disposiciones sobre la materia.

Parágrafo. Los empleados públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.

Artículo 6°. Protección especial. Los empleados que gozan de protección especial, de conformidad con las Leyes 790 de 2002, 812 de 2003 y el Decreto 190 de 2003, continuarán vinculados a la planta de personal de que trata el artículo segundo del presente decreto.

Artículo 7°. Provisión de los empleos. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo establecido en el Decreto ley 775 de 2005, el Decreto Reglamentario 2929 de 2005 y demás disposiciones que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.

Artículo 8°. En la planta de personal que por el presente decreto se adopta no se encuentra incluida la correspondiente a la Superintendencia Delegada para la Protección, Restitución y Formalización de Tierras, la cual por su carácter temporal establecido en el artículo 208 de la Ley 1448 de 2011, se encuentra determinada en el Decreto 239 de 2012 y demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen.

Artículo 9°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias y en especial los Decretos 2164 de 2011 y 1068 de 2013.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de diciembre de 2014.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Mauricio Cárdenas Santamaría.

El Ministro de Justicia y del Derecho,

Yesid Reyes Alvarado.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

 Liliana Caballero Durán.

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