DECRETO 2593 DE 2014
(diciembre 15)
D.O 49366 Diciembre 15 de 2014
por medio del cual se dictan medidas para fomentar los sectores de Línea Blanca, Línea Marrón, pequeños electrodomésticos y autopartes.
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural de la República de Colombia, Delegatario de funciones Presidenciales mediante Decreto 2535 de 2014, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 189 numeral 11 y 25 de la Constitución Política y el Decreto 210 de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que los sectores de Línea Blanca, Línea Marrón, pequeños electrodomésticos y autopartes representan un sector prioritario de la industria nacional, aportando innovación, valor agregado, investigación y desarrollo, además de generación de empleo y expansión de mercados a la producción nacional a través de la exportación.
Que dicho sector enfrenta retos derivados de la ampliación del libre comercio en el marco de los acuerdos derivados de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la suscripción de Tratados de Libre Comercio con otros Estados.
Que estos sectores representan un segmento importante en la oferta exportadora de la industria nacional y su desarrollo es fundamental para enfrentar las exigencias y la competencia propia de los mercados en donde se busca competir con altos estándares de calidad.
Que se requiere contar con condiciones óptimas de competitividad y herramientas adecuadas frente a mercados altamente subsidiados que pueden presentar ventajas comparativas frente a la industria nacional.
Que en virtud de lo anterior,
DECRETA:
Artículo 1°. Garantías de Competencia Igualitaria. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la Superintendencia de Industria y Comercio, y la Policía Fiscal y Aduanera, en el marco de sus competencias y con estricto cumplimiento a los tratados internacionales suscritos por Colombia, implementarán las medidas de control necesarias para evitar que en los sectores de Línea Blanca, Línea Marrón, pequeños electrodomésticos y autopartes, se presenten importaciones y comercializaciones de productos por debajo de sus precios de oferta comercial en los países productores.
De igual manera, estas instituciones actuarán con efectividad para detectar prácticas de depredación comercial tales como las ventas por debajo de precios de importación en los sectores de Línea Blanca, Línea Marrón, pequeños electrodomésticos y autopartes, con el fin de evitar prácticas restrictivas al comercio.
Las denuncias que se presenten por dichas prácticas serán investigadas por las autoridades en el marco de sus competencias constitucionales y legales con miras a la imposición de las sanciones administrativas y/o policivas a las que haya lugar.
Parágrafo. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en el marco de sus competencias, velará por el adecuado cumplimiento de los requisitos de ingreso de las mercancías que sean importadas para estos sectores.
Artículo 2°. Apoyo a iniciativas de inversión y desarrollo. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo fomentará la creación de Centros de Investigación, Innovación y Tecnología para el sector industrial, estimulando la transformación productiva y tecnológica, con los beneficios tributarios existentes para dichos fines.
Artículo 3°. Facilidad de acceso a materias primas. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en el marco de la normatividad vigente, estudiarán medidas y mecanismos para facilitar el acceso a materias primas incluyendo un análisis de aranceles y la devolución de tributos arancelarios para la importación de materias primas en los sectores de Línea Blanca, Línea Marrón, pequeños electrodomésticos y autopartes. Dicho estudio deberá presentarse en un plazo máximo de sesenta (60) días contados a partir de la expedición del presente decreto.
Artículo 4°. Formación laboral y competencias productivas. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo realizará todas las gestiones pertinentes ante las autoridades competentes, en especial con el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), para la realización de programas especiales de formación laboral y competencias productivas en los sectores de Línea Blanca, Línea Marrón, pequeños electrodomésticos y autopartes, con el concurso de
las agremiaciones, asociaciones y/u otras organizaciones que agrupen dichos sectores, con el fin de ofertar programas de actualización y modernización de habilidades.
Artículo 5°. Acceso a financiación. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y el Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. (Bancoldex S.A.), diseñarán y brindarán programas de crédito y acceso a financiamiento para los sectores de Línea Blanca, Línea Marrón, pequeños electrodomésticos y autopartes, ofreciendo condiciones de plazo y tasa que estimulen la inversión en transformación tecnológica e industrial, la innovación, capital humano y acceso a mercados.
Artículo 6°. Campaña de Educación al Consumidor “Creado en Colombia”. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo diseñará e implementará la campaña de educación al consumidor denominada “Creado en Colombia”, la cual brindará pedagogía sobre los productos industriales creados en el país, fomentando así dichos productos con el fin de generar empleo, desarrollo, innovación y competitividad. La campaña contará con el apoyo y participación multisectorial de gremios, asociaciones y/u otros colectivos del sector industrial, especialmente en lo que hace referencia a la Línea Blanca, Línea Marrón, pequeños electrodomésticos y autopartes.
Artículo 7°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 15 de diciembre de 2014.
AURELIO IRAGORRI VALENCIA.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.
La Ministra de Comercio, Industria y Turismo,
Cecilia Álvarez Correa Glen