DECRETO 247 DE 2015

Decretos 2015

DECRETO 247 DE 2015     

(febrero 13)    

D.O. 49.424, febrero 13 de 2015    

por el cual se  modifica parcialmente el Arancel de Aduanas.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las  conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política,  con sujeción a lo dispuesto en las Leyes 7ª de 1991 y 1609 de 2013, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto  4927 de 26 de diciembre de 2011, se adoptó el Arancel de Aduanas que entró  a regir a partir del 1° de enero de 2012.    

Que la Decisión 766 de la Comisión del Acuerdo  de Cartagena, aprobó el Texto Único de la Nomenclatura Común de los Países  Miembros del Acuerdo de Cartagena (Nandina) y dispuso  que la Nandina se utilizará como Nomenclatura base de  las Estadísticas de Comercio Exterior de los Países Miembros así como para la  elaboración de sus Aranceles Nacionales, respetando en su integridad el  conjunto de Reglas Generales para la interpretación, Notas Legales, Notas  Complementarias, textos de partidas y de subpartidas  y códigos de ocho dígitos que la componen.    

Que la Decisión 766 de la Comisión de la  Comunidad Andina, adoptó en la Nomenclatura Nandina,  la Quinta Recomendación de Enmienda al Sistema Armonizado, la cual entró a  regir el 1° de enero de 2012.    

Que mediante Decisión 798, la Comisión de la  Comunidad Andina, realizó modificaciones a la Nomenclatura Nandina  con el objeto de actualizar algunos textos de subpartida  y Notas Complementarias de Capítulo, de acuerdo tanto a la evolución  tecnológica y comercial de los bienes concernientes, como a las necesidades  inherentes al desarrollo del comercio exterior y la producción de bienes de los  Países Miembros de la Comunidad Andina.    

Que en el artículo 2° de la Decisión 798 se  indicó que las modificaciones aprobadas entran en vigor el 1° de enero de 2015.    

Que en la Sesión 280 realizada el 23 de  diciembre de 2014, el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio  Exterior, recomendó adoptar en el arancel nacional los cambios realizados a la  Nomenclatura Nandina mediante Decisión 798.    

Que para dar cumplimiento a la Decisión  mencionada se hace necesario expedir un Decreto que contenga las modificaciones  al Arancel de Aduanas, modificando en lo pertinente el Decreto 4927 de 2011.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Incorporar en el Arancel de  Aduanas las modificaciones contenidas en la Decisión 798 de 2014, en el  siguiente sentido:    

A. Modificar el texto de la subpartida 4008.21.21.00, el cual quedará así:    

CÓDIGO                    

DESIGNACIÓN DE LA MERCANCÍA   

4008.21.21.00                    

– – – – De los tipos utilizados    para artes gráficas    

B. Eliminar la Nota Complementaria 1 del  Capítulo 87.    

C. Modificar el texto de las subpartidas 8703.22.10, 8703.23.10, 8703.24.10,  8703.31.10.00, 8703.32.10.00, 8703.33.10.00, los cuales quedarán así:    

CÓDIGO                    

DESIGNACIÓN DE LA MERCANCÍA   

8703.22.10                    

– – – Con tracción en las cuatro    ruedas   

8703.23.10                    

– – – Con tracción en las cuatro    ruedas   

8703.24.10                    

– – – Con tracción en las cuatro    ruedas   

8703.31.10.00                    

– – – Con tracción en las cuatro    ruedas   

8703.32.10.00                    

– – – Con tracción en las cuatro    ruedas   

8703.33.10.00                    

– – – Con tracción en las cuatro    ruedas    

Artículo 2°. El presente decreto entra a regir  a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el artículo  1° del Decreto  4927 del 26 de diciembre de 2011 y sus modificaciones.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 13 de febrero de  2015.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Mauricio Cárdenas  Santamaría.    

La Ministra de Comercio, Industria y Turismo,    

Cecilia Álvarez-Correa Glen.    

               

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