DECRETO 2468 DE 2014
(diciembre 2)
D.O 49353 Diciembre 2 de 2014
por el cual se confiere la condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial” para el año 2014.
Nota: Derogado por el Decreto 1224 de 2015, artículo 2º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 4ª de 1913 y el artículo 10 del Decreto número 1258 de 1970, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto número 1258 del 27 de julio de 1970 creó la condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial”, para exaltar las virtudes y servicios de los funcionarios y empleados de la Rama Jurisdiccional y del Ministerio Público, como estímulo a la honestidad, consagración, perseverancia y superación de estos servidores del Estado.
Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo segundo del mismo decreto, la condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial”, se otorga en las categorías oro, plata y bronce.
Que el artículo 155 de la Ley 270 de 1996 determina que “Los funcionarios y empleados que se distingan en la prestación de sus servicios, en los términos del reglamento, se harán acreedores a los estímulos y distinciones que determine la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura. El superior funcional podrá postular los funcionarios y empleados que considere candidatos idóneos para hacerse acreedores a estas distinciones (…)”.
Que el numeral 27 del artículo 85 de la misma ley consagra que corresponde a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura: “Aprobar los reconocimientos y distinciones que se otorguen a los
funcionarios de la rama judicial por servicios excepcionales prestados a favor de la administración de justicia”.
Que por su parte, la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, mediante Acuerdos PSAA11-7711 de 2011, PSAA11-8712 de 2011 y PSAA13-9908 de 2013, reglamentó la concesión de estímulos y distinciones a los servidores de la Rama Judicial; estableciendo en su artículo 12 del primer Acuerdo mencionado, que “La Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura enviará al Presidente de la República la relación de las personas que se han hecho acreedoras a la condecoración honorífica ‘José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial’ y su categoría, para que se expida el decreto Ejecutivo de que trata el artículo 10 del Decreto número 1258 de 1970”.
Que conforme a los criterios señalados en el artículo 4° del Acuerdo PSAA11-7711 de 2011, las Corporaciones Judiciales Nacionales han designado a los funcionarios y empleados acreedores a dicha distinción.
Que en este sentido, la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura a través de las Resoluciones PSAR14-315 del 28 de noviembre del 2014, PSAR14-314 del 28 de noviembre de 2014 y PSAR14-313 del 28 de noviembre de 2014, confirió la condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial” en las categorías oro, plata y bronce, aprobando las designaciones conforme al reglamento, teniendo en cuenta las certificaciones allegadas por las Secretarías de la honorable Corte Constitucional, honorable Corte Suprema de Justicia, honorable Consejo de Estado, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del honorable Consejo Superior de la Judicatura, la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y Direcciones Seccionales de Administración Judicial y las motivaciones de las postulaciones y designaciones.
Que de conformidad con el artículo 10 del Decreto número 1258 de julio 27 de 1970, modificado tácitamente por los artículos 85 numeral 27 y 155 de la Ley 270 de 1996, en concordancia con el artículo 12 del Acuerdo PSAA 11-7711 de 2011, le corresponde a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura indicar las personas dignas de condecoración, la índole de esta y su categoría, así como informar al Presidente de la República, para su otorgamiento mediante decreto ejecutivo.
Que el Decreto número 1258 de julio 27 de 1970, en su artículo 13 establece que la imposición de las condecoraciones la hará el Presidente de la República o la persona que él designe, en ceremonia solemne.
Que en mérito de lo expuesto, se otorgará la condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial”, a los servidores de la Rama Judicial que han sido propuestos por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura.
DECRETA:
Artículo 1°. Otorgamiento de la condecoración al Mérito en categoría “Oro”. Otorgar la Condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial”, en la categoría “ORO” por sus merecimientos excepcionales, la contribución al enriquecimiento de la jurisprudencia y al prestigio de la administración de justicia, a:
Magistrado Luis Gabriel Miranda Buelvas
Presidente de la Corte Suprema de Justicia
Magistrada María Claudia Rojas Lasso
Presidenta del Consejo de Estado
Magistrado Luis Ernesto Vargas Silva
Presidente de la Corte Constitucional
Magistrado Néstor Iván Javier Osuna Patiño
Magistrado Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.
Artículo 2°. Otorgamiento de la Condecoración en la categoría “Plata”. Otorgar la Condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial”, en la categoría “PLATA” por servicios eminentes a la causa de la justicia y por su singular consagración al cumplimiento del deber, a:
Eduardo Carvajalino Contreras
Magistrado
Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá
Rafael Gutiérrez Solano
Magistrado
Tribunal Administrativo de Santander
Martha Isabel Rueda Prada
Magistrada
Sala Jurisdiccional Disciplinaria Consejo Seccional de la Judicatura de Santander
Emma del Rosario Hinojosa Carrillo
Jueza 6ª Laboral del Circuito de Bucaramanga
Claudia Patricia Tejada Ruiz
Jueza 8ª Administrativa de Popayán
Artículo 3°. Otorgamiento de la condecoración en la categoría “Bronce”. Otorgar la Condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial”, en la categoría “BRONCE” por su dedicación continua, su pulcritud y prestancia, mereciendo ser señalados como ejemplo de devoción en el servicio, a:
Karena Elisama Caselles Hernández
Magistrada Auxiliar
Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia
Myriam Cecilia Viracachá Sandoval
Oficial Mayor
Secretaria Sección 2ª
Consejo de Estado
Carolina Ramírez Pérez
Magistrada Auxiliar
Corte Constitucional
Gustavo Adolfo Ledesma Henao
Magistrado Auxiliar
Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura
Leonor María Ríos Blandón
Secretaria
Juzgado 2° Laboral del Circuito de Quibdó
Dioselina Oliveria Avendaño Hernández
Secretaria
Tribunal Administrativo del Quindío
Claudia Marcela Granados Romero
Directora de la Unidad de Administración de Carrera Judicial Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura
Alejandro Cruz
Chofer Grado 6
Despacho N° 2
Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura
Artículo 4°. Reconocimiento Académico. Los designados tendrán derecho al reconocimiento académico que determine la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, conforme lo establece el artículo 3° del Acuerdo PSAA11-7711 de 2011 y literal b) del artículo 4° del Acuerdo PSAA13-9908 de 2013, expedidos por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura.
Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 2 de diciembre de 2014.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Yesid Reyes Alvarado.