DECRETO 2456 DE 2015

Decretos 2015

DECRETO 2456 DE 2015     

(diciembre 17)    

D.O. 49.729, diciembre  17 de 2015    

por el cual se  modifican las circunscripciones de unos círculos notariales y se dictan otras  disposiciones.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las  conferidas por el artículo 131 de la Constitución Política,  en concordancia con el Decreto ley 960 de  1970, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Gobierno nacional es consciente de la  necesidad de facilitar el acceso al servicio público notarial a quien lo  demande y de brindar mayor comodidad a los usuarios en todas las regiones del  territorio nacional;    

Que el inciso tercero del artículo 131 de la Constitución Política,  establece que “Corresponde al Gobierno  la creación, supresión y fusión de los círculos de notariado y registro y la  determinación del número de notarios y oficinas de registro”.    

Que son funciones de la Superintendencia de  Notariado y Registro proponer al Gobierno nacional la creación, supresión y  fusión de las notarías y fijar los estándares de calidad requeridos para la  prestación de los servicios de notariado y registro de instrumentos públicos,  tal como lo establecen los numerales 7 y 19 del artículo 11 del Decreto 2723 de 2014.    

Que dentro de los objetivos a cargo de la  Superintendencia de Notariado y Registro y en el Plan Estratégico Institucional  2015-2018, se encuentra el compromiso de ofrecer a los colombianos y  extranjeros la tranquilidad de la seguridad jurídica y protección de sus bienes  inmuebles y la guarda de la fe pública, por medio de la modernización y  fortalecimiento de las acciones de orientación, inspección, vigilancia y  control del servicio público registral y notarial.    

Que con base en la solicitud con radicado  número 0533 del 4 de julio de 2015, presentada por el alcalde de Heliconia y  formalizada ante la Superintendencia de Notariado y Registro, se dio inicio a  la investigación que arrojó como producto final el documento soporte: “Modificación de las circunscripciones  municipales de los círculos notariales de Itagüí y de  Medellín en Antioquia”, en el mes de septiembre de 2015, en el cual se  concluye la necesidad de optimizar en tiempo, distancia y accesibilidad el  servicio público notarial a los heliconenses, lo cual  se traduce en segregar del círculo notarial de Itagüí,  el municipio de Heliconia, el cual formará parte del círculo notarial de  Medellín, en el departamento de Antioquia.    

Que el artículo 128 del Decreto ley 960 de  1970, dispone: “No podrán  agruparse en un mismo círculo de notaría municipios que pertenezcan a distintos  departamentos.    

Cuando se  constituya un nuevo municipio, el gobierno dispondrá a qué círculo de notaría  habrá de pertenecer y a falta de declaración al respecto continuará adscrito a  aquel a que pertenecía el municipio de donde se desprendió, y si se formare de  varios, al que pertenecía la cabecera”.    

Que con el Decreto 1028 de 1980  se crean unos círculos notariales, entre otros, en los municipios de Medellín e  Itagüí con notarías de primera categoría, con  comprensión territorial, en su orden, la ciudad de Medellín y los municipios de  Itagüí, Caldas, Heliconia y La Estrella, en el  departamento de Antioquia.    

Que con el Decreto 647 de 1994  se crea la Notaría Segunda de primera categoría del Círculo Notarial de Itagüí en el departamento de Antioquia.    

Que con el Decreto 1323 de 1993  se crea la Notaría Única de segunda categoría en el Círculo Notarial de Caldas,  Antioquia.    

Que con el Decreto 1324 de 1993  se crea la Notaría Única de primera categoría en el Círculo Notarial de La  Estrella, Antioquia.    

Que con el Decreto 3488 de 2007  se crean las Notarías 30 y 31 de primera categoría en el Círculo Notarial de  Medellín, Antioquia.    

Que mediante la Resolución número 6560 de  2007, por la cual se determina la localización de unas notarías para la  prestación del servicio público notarial, la Superintendencia de Notariado y  Registro determinó que para la prestación del servicio notarial, la Notaría  Treinta (30) del Círculo de Medellín, se ubicará en el corregimiento de San  Antonio de Prado de Medellín, en el departamento de Antioquia.    

Que para el mejoramiento de la función  administrativa en la prestación del servicio notarial para los habitantes del  municipio de Heliconia, ubicado en el departamento de Antioquia, se hace  necesario que este sea segregado de la circunscripción notarial del Círculo de Itagüí, y pase a formar parte de la circunscripción  notarial del Círculo de Medellín.    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1° Segréguese del círculo notarial  de Itagüí, el municipio de Heliconia, el cual formará  parte del círculo notarial de Medellín, en el departamento de Antioquia,  quedando la circunscripción municipal así:    

CÍRCULO NOTARIAL DE ITAGÜÍ                    

COMPRENSIÓN MUNICIPAL   

Itagüí                    

Itagüí    

CÍRCULO NOTARIAL DE MEDELLÍN                    

COMPRENSIÓN MUNICIPAL   

Medellín                    

Medellín, Heliconia    

Fuente: Oficina Asesora de Planeación, 2015.    

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 1028 de 1980.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 17 de diciembre de  2015.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Justicia y del Derecho,    

Yesid Reyes Alvarado.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *