DECRETO 2455 DE 2015
(diciembre 17)
D.O. 49.729, diciembre 17 de 2015
por el cual se confiere la condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial” para el año 2015.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 4ª de 1913 y el artículo 10 del Decreto 1258 de 1970, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 1258 del 27 de julio de 1970, creó la condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial”, para exaltar las virtudes y servicios de los funcionarios y empleados de la Rama Jurisdiccional y del Ministerio Público, como estímulo a la honestidad, consagración, perseverancia y superación de estos servidores del Estado.
Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo segundo del mismo Decreto, la condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial”, se otorga en las categorías oro, plata y bronce.
Que el artículo 155 de la Ley 270 de 1996, determina que “Los funcionarios y empleados que se distingan en la prestación de sus servicios, en los términos del reglamento, se harán acreedores a los estímulos y distinciones que determine la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura. El superior funcional podrá postular los funcionarios y empleados que considere candidatos idóneos para hacerse acreedores a estas distinciones (…)”.
Que el numeral 27 del artículo 85 de la misma ley, consagra que corresponde a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura: “Aprobar los reconocimientos y distinciones que se otorguen a los funcionarios de la rama judicial por servicios excepcionales prestados a favor de la administración de justicia”.
Que por su parte, la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, mediante Acuerdos PSAA11-7711 de 2011, PSAA11-8712 de 2011 y PSAA13-9908 de 2013, reglamentó la concesión de estímulos y distinciones a los servidores de la Rama Judicial; estableciendo en su artículo 12 del primer Acuerdo mencionado, que “La Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura enviará al Presidente de la República la relación de las personas que se han hecho acreedoras a la condecoración honorífica “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial” y su categoría, para que se expida el Decreto Ejecutivo de que trata el artículo 10 del Decreto número 1258 de 1970”.
Que conforme a los criterios señalados en el artículo 4° del Acuerdo PSAA11-7711 de 2011, las Corporaciones Judiciales Nacionales han designado a los funcionarios y empleados acreedores a dicha distinción.
Que en este sentido, la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura a través de la Resolución PSAR15-302 del 11 de diciembre de 2015 otorgó la condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial” en las categorías oro, plata y bronce, aprobando las designaciones conforme al reglamento, teniendo en cuenta las certificaciones allegadas por las Secretarías de la Honorable Corte Constitucional, Honorable Corte Suprema de Justicia, Honorable Consejo de Estado, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Honorable Consejo Superior de la Judicatura, la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y Direcciones Seccionales de Administración Judicial y las motivaciones de las postulaciones y designaciones.
Que de conformidad con el artículo 10 del Decreto número 1258 de julio 27 de 1970, modificado tácitamente por los artículos 85 numeral 27 y 155 de la Ley 270 de 1996, en concordancia con el artículo 12 del Acuerdo PSAA11-7711 de 2011, le corresponde a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura indicar las personas dignas de condecoración, la índole de esta y su categoría, así como informar al Presidente de la República, para su otorgamiento mediante decreto ejecutivo.
Que el Decreto número 1258 de julio 27 de 1970, en su artículo 13 establece que la imposición de las condecoraciones la hará el Presidente de la República o la persona que él designe, en ceremonia solemne.
Que en mérito de lo expuesto, se otorgará la condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial”, a los servidores de la Rama Judicial que han sido propuestos por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura.
DECRETA:
Artículo 1°. Otorgamiento de la condecoración al Mérito en categoría “Oro”. Otorgar la Condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial”, en la categoría “ORO” por sus merecimientos excepcionales, la contribución al enriquecimiento de la jurisprudencia y al prestigio de la administración de justicia, a:
Magistrado José Leonidas Bustos Martínez
Presidente de la Corte Suprema de Justicia
Magistrado Luis Rafael Vergara Quintero
Presidente del Consejo de Estado
Artículo 2°. Otorgamiento de la Condecoración en la categoría “Plata”. Otorgar la Condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial”, en la categoría “PLATA” por servicios eminentes a la causa de la justicia y por su singular consagración al cumplimiento del deber, a:
María Teresa García Santamaría
Magistrada
Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de San Gil
Augusto Morales Valencia
Magistrado
Tribunal Administrativo de Caldas
Luz Helena Cristancho Acosta
Magistrada
Sala Jurisdiccional Disciplinaria Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá
Shara Eva Córdoba Aponzá
Juez 1ª Penal Municipal de Quibdó.
Artículo 3°. Otorgamiento de la condecoración en la categoría “Bronce”. Otorgar la Condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial”, en la categoría “BRONCE” por su dedicación continua, su pulcritud y prestancia, mereciendo ser señalados como ejemplo de devoción en el servicio, a:
Luis Fabián Romero Arévalo
Auxiliar Judicial Grado 02
Secretaría Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia
Merly Esmeralda Mosquera García
Escribiente Nominado
Secretaría Tribunal Administrativo del Chocó
Javier Tobo Rodríguez
Magistrado Auxiliar
Corte Constitucional
Claudia Lorena Salgado López
Magistrada Auxiliar
Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura
Daniel Bustos Hurtado
Escribiente Nominado
Juzgado 3° Penal Municipal de Florencia
Lola Elisa Benavides López
Magistrada Auxiliar
Consejo de Estado
Artículo 4°. Reconocimiento Académico. Los designados tendrán derecho al reconocimiento académico que determine la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, conforme lo establece el artículo 3° del Acuerdo PSAA11-7711 de 2011 expedido por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura.
Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 17 de diciembre de 2015.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
Ministro de Justicia y del Derecho,
Yesid Reyes Alvarado.