DECRETO 2454 DE 2015

Decretos 2015

DECRETO 2454 DE 2015     

(diciembre 17)    

D.O. 49.729, diciembre  17 de 2015    

por el cual se  adiciona el Decreto número  1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito  Público en lo relacionado con los recursos para la cobertura del FRECH III Contracíclico 2013 para la financiación vivienda nueva.    

El Presidente de la República de Colombia,  en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas  en los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política, y  en desarrollo de los artículos 48 de la Ley 546 de 1999 y 123  de la Ley 1450 de 2011, y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 48 de la Ley 546 de 1999  autorizó la creación de un Fondo de Reserva para la Estabilización de la  Cartera Hipotecaria FRECH, administrado por el Banco de la República, en los  términos que establezca el Gobierno nacional, con el propósito de facilitar las  condiciones para la financiación de vivienda.    

Que el artículo 123 de la Ley 1450 de 2011  –Plan Nacional de Desarrollo– estableció que el  Gobierno nacional, a través del Fondo de Reserva para la Estabilización de  Cartera Hipotecaria (FRECH), administrado por el Banco de la República, podrá  ofrecer nuevas coberturas de tasas de interés a los deudores de créditos de  vivienda nueva y leasing habitacional que otorguen los establecimientos de  crédito.    

Que con base en los artículos 48 de la Ley 546 de 1999 y el  artículo 123 de la Ley 1450 de 2011 el  Gobierno nacional expidió el Decreto 701 de 2013,  mediante el cual se ofrecieron coberturas de tasa de interés que facilitaron la  financiación de vivienda nueva, a través de créditos para la compra de vivienda  y contratos de leasing habitacional. El Banco de la República, como  administrador del FRECH, creó una subcuenta para el manejo  de los recursos requeridos para la cobertura mencionada, la cual se denomina  FRECH Contracíclico 2013.    

Que de acuerdo con el documento elaborado  por el Viceministerio Técnico del Ministerio de  Hacienda y Crédito Público, de fecha 3 de diciembre de 2015, se considera  conveniente el traslado del excedente de recursos del FRECH al FRECH–Contracíclico 2013 para el cumplimiento del pago de  las coberturas otorgadas en virtud de lo previsto en el Capítulo 5 del Título 1  de la Parte 10 Libro 2 del Decreto número  1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito  Público,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Adiciónase  el artículo 2.10.1.5.3.4 a la Sección 3 Capítulo 5 Título 1 Parte 10 Libro 2  del Decreto 1068 de 2015,  Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público:    

“2.10.1.5.3.4  Nuevos recursos para la cobertura. Los recursos del FRECH que no  fueron comprometidos para el pago de las coberturas otorgadas en el Capítulo 4  del Título 1 de la presente parte 10, podrán ser utilizados para el pago de las  coberturas previstas en este capítulo y transferidos a la subcuenta  denominada FRECH–Contracíclico 2013”.    

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 17 de diciembre de  2015.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Mauricio Cárdenas Santamaría.    

               

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