DECRETO 2428 DE 2015

Decretos 2015

DECRETO 2428 DE 2015    

(diciembre 16)    

D.O. 49.728, diciembre  16 de 2015    

por el cual se  convoca al Congreso de la República a sesiones extraordinarias.    

Nota: Modificado por  el Decreto 2429 de 2015.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las  conferidas por los artículos 138 y 200 numeral 2 de la Constitución  Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que según el inciso 3° del artículo 138 de  la Constitución Política de Colombia “También  se reunirá el Congreso en sesiones extraordinarias, por convocatoria del  Gobierno y durante el tiempo que este señale”;    

Que de conformidad con el artículo 200 de la Constitución Política,  corresponde al Gobierno, en relación con el Congreso, “convocarlo a sesiones extraordinarias”;    

Que corresponde al Gobierno, en relación con  el Congreso, convocarlo a sesiones extraordinarias para darle continuidad al  procedimiento legislativo de proyectos de ley prioritarios para el país que  deben ser considerados y tramitados en el Congreso de la República;    

Que de acuerdo con lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Convocase al Honorable Congreso  de la República a sesiones extraordinarias desde el 17 y hasta el 22 de  diciembre de 2015.    

Artículo 2°. Modificado por el Decreto 2429 de 2015,  artículo 1º. Durante el período de sesiones extraordinarias señalado en el  artículo primero, el Honorable Congreso de la República se ocupará de culminar  el trámite legislativo de los siguientes proyectos de ley:    

– Proyecto de ley número 223 de 2015  Cámara, 174 de 2015 Senado, “por  la cual se crean y se desarrollan las Zonas de Interés de Desarrollo Rural,  Económico y Social (Zidres)”.    

– Proyecto de ley número 159 de 2014  Cámara, 60 de 2015 Senado, “por la  cual se dictan normas sobre la responsabilidad de las personas jurídicas por  actos de corrupción transnacional y se dictan otras disposiciones en materia de  lucha contra la corrupción”.    

– Proyecto de ley número 116 de 2014  Senado, 050 de 2015 Cámara, “por medio  de la cual se definen y regulan las cuentas abandonadas y se les asigna un uso  eficiente a estos recursos”.    

Texto inicial del artículo 2º: “Durante el período  de sesiones extraordinarias señalado en el artículo 1°, el Honorable Congreso  de la República se ocupará de culminar el trámite legislativo de los siguientes  proyectos de ley:    

– Proyecto de ley número 223 de 2015 Cámara, 174 de  2015 Senado, por la cual se crean  y se desarrollan las Zonas de Interés de Desarrollo Rural, Económico y Social (Zidres).    

– Proyecto de ley número 159 de 2014 Cámara, 60 de  2015 Senado, por la cual se dictan  normas sobre la responsabilidad de las personas jurídicas por actos de  corrupción transnacional y se dictan otras disposiciones en materia de lucha  contra la corrupción.”.    

Artículo 3°. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 16 de diciembre de  2015.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro del Interior,    

Juan Fernando  Cristo Bustos.    

               

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