DECRETO 2207 DE 2015

Decretos 2015

DECRETO 2207 DE 2015     

(noviembre 13)    

D.O. 49.695, noviembre 13 de 2015    

por  el cual se modifica parcialmente el Decreto  número 1028 del 22 de mayo de 2015.    

Nota: Derogado por el Decreto 214 de 2016,  artículo 38.    

El Presidente de la Republica de Colombia, en desarrollo de las normas  generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Modifíquese el artículo 1° del Decreto 1028 de 2015,  en el sentido de adicionar a la escala gradual porcentual para el personal de  oficiales, suboficiales, miembros del nivel ejecutivo y agentes de la Fuerza  Pública, el grado de Teniente General o Almirante de Escuadra, el cual tendrá  como sueldo básico mensual el noventa y ocho punto cuarenta y cinco por ciento  (98.4500%) con respecto a la asignación básica del grado de General.    

Artículo 2°. Modifíquese el artículo 3° del Decreto 1028 de 2015,  en el sentido de adicionar el siguiente inciso, así:    

“Los Oficiales de las Fuerzas Militares y Policía Nacional, en los grados  de Teniente General y Almirante de Escuadra, tendrán derecho a las asignaciones  básicas señaladas en el artículo 1° del presente decreto, y a primas mensuales  equivalentes al cincuenta y cuatro por ciento (54%) de lo que en todo tiempo  devenguen los Ministros del Despacho como asignación básica y gastos de  representación”.    

Artículo 3°. El Decreto 1028 de 2015,  continuará vigente en todos sus demás aspectos.    

Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación y modifica parcialmente el artículo 1° y 3° del Decreto 1028 de 2015.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 13 de noviembre de 2015.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Mauricio Cárdenas Santamaría.    

El Ministro de Defensa Nacional,    

Luis C. Villegas Echeverri.    

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Liliana Caballero  Durán.    

               

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