DECRETO 2193 DE 2015
(noviembre 11)
D.O. 49.693, noviembre 11 de 2015
por el cual se designa Alcalde Mayor ad hoc de Bogotá, D. C.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y el artículo 66 de la Ley 4 de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Oficio número 2-2015-42995 de fecha 23 de septiembre de 2015, el Alcalde Mayor de Bogotá, D. C., doctor Gustavo Francisco Petro Urrego, se declaró impedido para seguir conociendo del Proceso Disciplinario número 1161-2014 (1-2014- 31693), en el que se investiga la presunta responsabilidad disciplinaria del doctor Euclides Mancipe Tabares, en su calidad de Director de la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá, D. C., fundado en la causal 4ª del artículo 84 del Código Disciplinario Único, en cuanto aduce haber manifestado su opinión respecto de los hechos que, posteriormente, motivaron el inicio del proceso disciplinario;
Que mediante Oficio número 169096 de fecha 15 de octubre de 2015, dirigido a la Presidencia de la República, y remitido posteriormente por esa entidad al Ministerio del Interior, mediante OFI15-00083093/JMSC 110200 el 16 del mismo mes y año, la doctora María Patricia Ríos Cardona, Secretaria General de la Procuraduría Auxiliar para Asuntos Disciplinarios, solicitó que la Presidencia de la República designe a un funcionario ad hoc, con ocasión de la orden impartida por el Procurador General de la Nación, a través del auto del 8 de octubre de 2015, con Radicación número 2015-337892, que aceptó el impedimento impetrado por el doctor Gustavo Francisco Petro Urrego, en calidad de Alcalde Mayor de Bogotá, D. C., para que continúe con la investigación disciplinaria adelantada al Director de la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá, D. C., dentro del Proceso Disciplinario número 1161-2014 (1-2014-31693);
Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 3°;
Que con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, y acatando el auto de fecha 8 de octubre de 2015, proferido por el Procurador General de la Nación, se hace necesario designar un Alcalde Mayor ad hoc para Bogotá, D. C., a fin de que continúe con la investigación disciplinaria adelantada al Director de la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá, D. C., dentro del Proceso Disciplinario número 1161-2014 (1-2014-31693);
Que no obstante la autonomía consagrada a favor de las entidades territoriales, el artículo 115 de la Carta Política establece que forman parte de la Rama Ejecutiva del Poder Público, entre otras, las alcaldías, y además atribuye al Presidente de la República la condición de Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa, razón por la cual, le corresponde velar por el estricto cumplimiento de la Constitución Política y la ley, y dar las órdenes necesarias para su cumplida ejecución, de acuerdo con los numerales 10 y 11 del artículo 189 de la Constitución Política;
Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, a través del Radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00(2203);
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación. Desígnase como Alcaldesa Mayor ad hoc de Bogotá, D. C., a la doctora Adriana Lucía Díaz Veloza, identificada con la cédula de ciudadanía número 30233804 de Manizales, quien se desempeña en el cargo de Profesional Especializado, Grado 22, Código 2028, dentro de la planta global del Ministerio del Interior, para que continúe con la investigación disciplinaria adelantada al Director de la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá, D. C., dentro del Proceso Disciplinario número 1161-2014 (1-2014- 31693).
Artículo 2°. Posesión y entrega de documentos. La Alcaldesa ad hoc designada en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 36 de Decreto ley 1421 de 1993.
El Alcalde Mayor de Bogotá, D. C., deberá hacer entrega de los documentos relacionados con el Proceso Disciplinario número 1161-2014 (1-2014-31693).
Artículo 3°. Comunicación. Comuníquese el contenido del presente decreto a la Alcaldesa ad hoc, al Alcalde Mayor de Bogotá, D. C. y a la Procuraduría General de la Nación.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 11 de noviembre de 2015.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro del Interior,
Juan Fernando Cristo Bustos.