DECRETO 2192 DE 2015
(noviembre 11)
D.O. 49.693, noviembre 11 de 2015
por el cual se hacen unas delegaciones.
Nota 1: Derogado por el Decreto 2313 de 2018, artículo 5º.
Nota 2: Derogado parcialmente por el Decreto 1191 de 2016.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en particular de las conferidas en el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, y en desarrollo del numeral 6 del artículo 185 de la Ley 1753 de 2015 y del artículo 2.15.5 del Decreto número 2121 del 3 noviembre de 2015,
DECRETA:
Artículo 1°. Derogado por el Decreto 1191 de 2016, artículo 2º. Delégase al Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, como representante del Presidente de la República ante la Junta Administradora del Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos Pazcífico.
Artículo 2°. Delégase a la Directora del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, como representante del Presidente de la República ante la Junta Administradora del Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos Pazcífico.
Artículo 3°. Delégase a la Directora del Departamento de Prosperidad Social, como representante del Presidente de la República ante la Junta Administradora del Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos Pazcífico.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 11 de noviembre de 2015.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.