DECRETO 2183 DE 2016

Decretos 2016

DECRETO 2183 DE 2016     

(diciembre 28)    

D.O.  50.100, diciembre 28 de 2016    

por el cual se  modifica la planta temporal del Ministerio de Educación Nacional.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que  le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Ministerio de Educación Nacional ha venido liderando el  Programa Todos a Aprender (PTA), cuyo propósito principal es mejorar el  aprendizaje de los estudiantes matriculados en instituciones educativas  oficiales entre transición y quinto grado, especialmente en las áreas de lenguaje  y matemáticas.    

Que para el desarrollo de dicho Programa, el Ministerio de Educación  Nacional requirió de personal con perfiles especializados, destacados y  orientados a temas relacionados directamente con la educación. En razón a lo  anterior, inicialmente mediante los Decretos 4974 de 2011 y 2761 de 2012, el  Gobierno nacional creó empleos temporales en la planta de personal de dicha  entidad, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 909 de 2004.    

Que con posterioridad, y en atención a las metas proyectadas con el  referido programa en el periodo del actual gobierno, se consideró necesario  ampliar la planta temporal del Ministerio de Educación Nacional, por lo cual  mediante el artículo 3° del Decreto número  2238 de 2015 se crearon 45 cargos del nivel profesional especializado y 1  cargo de Técnico Administrativo, con el fin de poder atender la demanda anual  proyectada en puntos porcentuales de estudiantes matriculados en los  establecimientos focalizados por el Programa Todos a Aprender (PTA), para  incrementar la participación de estos estudiantes dentro de los niveles  satisfactorio y avanzado en las áreas de Lenguaje y Matemáticas de las pruebas  Saber 5°.    

Que con fundamento en el estudio técnico realizado, el Ministerio de Educación  Nacional pudo constatar que los formadores del Programa Todos a Aprender (PTA)  estaban orientando las funciones de su cargo al cumplimento de actividades de  gestión y administrativas, por lo cual se planteó la necesidad de reorganizar  el programa en el sentido de optimizar los procesos operativos, de tal forma  que los formadores pudieran centrar sus esfuerzos en labores netamente  pedagógicas, lo cual ha permitido que ellos cuenten con un mayor tiempo para  realizar el acompañamiento de los docentes tutores, y así de esta forma, se ha  logrado potencializar el impacto del programa.    

Que así las cosas, el Programa Todos a Aprender (PTA) ha logrado cumplir  sus metas de implementación, mejorar las prácticas de aula de los docentes y  comenzar a impactar los aprendizajes de los estudiantes, obteniendo estos  resultados sin que se haya requerido proveer los 45 cargos de profesionales  especializados creados mediante el Decreto número  2238 de 2015, por lo cual, al no existir la necesidad de efectuar la  provisión de los mismos, se encuentra razonable su supresión de la planta  temporal del Ministerio de Educación Nacional.    

Que el Ministerio de Educación Nacional presentó al Departamento  Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que trata la Ley 909 de 2004 y el  Capítulo I del Título I de la Parte 2 del Decreto número  1083 de 2015, para la supresión de empleos temporales en la planta de  personal, la cual obtuvo concepto favorable de dicho Departamento  Administrativo.    

Que igualmente, el presente decreto obtuvo concepto favorable del  Ministerio de Hacienda y Crédito Público.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Supresión de cargos  temporales. Suprímase de la planta de personal de empleados públicos del  Ministerio de Educación Nacional, para el desarrollo del Programa Todos a  Aprender (PTA), los siguientes cargos temporales que habían sido creados  mediante el artículo 3° del Decreto número  2238 de 2015:    

N° DE CARGOS                    

DEPENDENCIA Y DENOMINACIÓN DEL EMPLEO                    

CÓDIGO                    

GRADO   

DESPACHO DEL MINISTRO   

45 (Cuarenta y cinco)                    

Profesional Especializado                    

2028                    

21    

Artículo 2°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su  publicación y modifica en lo pertinente el artículo 3° del Decreto número  2238 de 2015.    

Dado en Bogotá, D. C., a 28 de diciembre de  2016.    

Publíquese y cúmplase.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Mauricio Cárdenas  Santamaría.    

La Ministra de Educación Nacional,    

Yaneth Giha  Tovar.    

La Directora del Departamento Administrativo  de la Función Pública,    

Liliana Caballero Durán.    

               

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