DECRETO 2124 DE 2016

Decretos 2016

DECRETO 2124 DE 2016     

(diciembre 22)    

D.O. 50.095, diciembre 22 de 2016    

por el cual se  revoca el Decreto  1795 del 10 de noviembre de 2016.    

El Presidente de la República de Colombia,  en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que  le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 97 de la Ley 1437 de 2011, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Gobierno nacional expidió el Decreto  1795 del 10 de noviembre de 2016, mediante el cual se ordenó: “(…) Trasládase a la planta interna a la  doctora Manuela Ríos Serna, identificada con cédula de ciudadanía número  53012250, al cargo de Segundo Secretario de Relaciones Exteriores, Código 2114,  Grado 15, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores (…)”.    

Que con oficio del 5 de diciembre de 2016,  el doctor Elías Ancizar Silva Robayo, Cónsul General de Colombia en Ciudad de  México, México, solicitó: “(…) En  virtud de lo establecido en el numeral a) del artículo 37 del Decreto 274 de 2000,  de manera atenta solicito con carácter urgente, y por razones del servicio, una  prórroga por seis meses adicionales para la doctora Manuela Ríos Serna, quien  se encuentra escalafonada en la Carrera Diplomática y Consular como Segundo  Secretario de Relaciones Exteriores y quien actualmente presta sus servicios  como Vicecónsul (…)”.    

Que con el fin de decidir y dar trámite a la  solicitud efectuada por el doctor Elías Ancizar Silva Robayo, el 23 de  noviembre de 2016, se reunió la Comisión de Personal de Carrera Diplomática y  Consular, decidiendo en Acta 789, prorrogar hasta por seis (6) meses la  alternación a planta interna de la doctora Manuela Ríos Serna.    

Que en consonancia con lo anterior, mediante oficio del 5 de  diciembre de 2016, la doctora Manuela Ríos Serna otorgó consentimiento con el  fin de revocar el Decreto  1795 del 10 de noviembre de 2016, de conformidad con lo señalado en el  artículo 97 de la Ley 1437 de 2011. “(…) Salvo las excepciones establecidas en  la ley, cuando un acto administrativo, bien sea expreso o ficto, haya creado o  modificado una situación jurídica de carácter particular y concreto o  reconocido un derecho de igual categoría, no podrá ser revocado sin el  consentimiento previo, expreso y escrito del respectivo titular (…)”.    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Revocar la designación efectuada mediante Decreto  número 1795 del 10 de noviembre de 2016, de conformidad con la parte motiva  del presente decreto.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su expedición y revoca en todas sus partes el Decreto  1795 del 10 de noviembre de 2016.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D.C., a 22 de diciembre de  2016.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

La Ministra de Relaciones Exteriores,    

María Ángela  Holguín Cuéllar.    

               

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